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ATL302-2024Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2024

Magistrado ponente: Luis Benedicto Herrera Díaz

Ley 527 de 1999

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicación n.° 72902 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente ATL302-2024 Radicación n.° 72902 Acta 1 Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de enero de dos mil veinticuatro (2024). Procede la Corte de manera oficiosa a corregir el fallo que esta Sala profirió el 13 de diciembre de 2023 en el trámite de acción de tutela que MARTHA CECILIA FLÓREZ adelantó contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BUCARAMANGA.

I.

ANTECEDENTES La accionante instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por la autoridad convocada y, para su efectividad, pretendió que se ordenara al Tribunal accionado proferir la decisión de segunda instancia que tenía para su conocimiento. Mediante sentencia de 13 de diciembre de 2023 esta Sala negó el amparo deprecado tras considerar que los términos no eran exorbitantes o inexplicables.

La Relatoría de Tutelas de esta Corporación advirtió que una equivocación en el alfanumérico que se plasmó en la sentencia. II. CONSIDERACIONES Luego de la advertencia hecha por la Relatoría y verificada dicha información, se tiene que se cometió un error al momento de consignar el alfanumérico en la providencia, pues el consecutivo correspondiente a la providencia es STL17276-2023 y no STL17267-2023.

Por lo anterior, se hace necesario aclarar dicha situación de conformidad con el artículo 286 CGP, razón por la cual se ordenará corregir todos los registros que se relacionen con el radicado 72902, en el entendido que la numeración de la providencia que emitió esta Sala el 13 de diciembre de 2023 corresponde al STL17276-2023. En consecuencia, y sin que haya lugar a mayores consideraciones, se dispondrá la corrección de la sentencia conforme se indicó. III.

DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE:

PRIMERO: CORREGIR DE OFICIO el fallo, en el sentido de indicar que el alfanumérico correspondiente es el CSJ STL17276-2023 y no CSJ STL17267-2023.

SEGUNDO: NOTIFICAR nuevamente la referida providencia conforme lo expuesto.

TERCERO: COMUNICAR a los interesados lo aquí resuelto, en la forma prevista por el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991. Notifíquese y cúmplase. MARJORIE ZUÑIGA ROMERO Presidente de Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA FERNANDO CASTILLO CADENA LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA SCLAJPT-11 V.00 3 SCLAJPT-11 V.00