CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 05001-22-03-000-2016-00137-02 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL ATC3667-2016 Radicación n° 05001-22-03-000-2016-00137-02 Bogotá, D.C., catorce (14) de junio de dos mil dieciséis (2016). Sería el caso resolver lo conducente en torno al incidente de desacato presentado ante esta Corporación por la compañía Colombia Móvil S.A. E.S.P., quien manifiesta el incumplimiento a la sentencia proferida dentro de la acción de tutela que promovió contra el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Oralidad de Medellín, que en primera instancia conoció la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, si no fuera porque revisadas las diligencias de entrada se advierte que la Corte carece de competencia para tramitar el asunto que concita su atención, pues aunque mediante proveído STC4304-2016 se revocó parcialmente lo resuelto por el a quo (fls. 9 a 17), como se ha reiterado jurisprudencialmente, corresponde conocer del mismo al Juez constitucional de primera instancia, «con independencia de que haya sido él, o el de 2ª instancia, quien antes hubiera impartido la orden de tutela» (ver entre otros, CSJ ATC2172-2016).
En mérito de lo expuesto, este Despacho, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,
RESUELVE
PRIMERO: Abstenerse de tramitar el aludido incidente, por la razón expuesta en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: Por Secretaría de la Sala remítase de manera inmediata el expediente a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, para lo de su cargo.
TERCERO: Comunicar lo aquí resuelto a las partes mediante telegrama. ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO Magistrado PAGE 2