CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicación n.º 11001-02-04-000-2024-01224-01 HILDA GONZÁLEZ NEIRA Magistrada Ponente ATC2147-2024 Radicación n.º 11001-02-04-000-2024-01224-01 Bogotá, D.C., dos (2) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Se resuelve el recurso de apelación formulado por Romain Campos Lara contra la sentencia STC15482 de 15 de noviembre de 2024 proferida en el asunto de la referencia.
ANTECEDENTES 1.- La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia desestimó la acción de tutela instaurada por Romain Campos Lara contra Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil (6 ag. 2024). 2.- Esta Corporación confirmó el anterior veredicto porque el accionante incurrió en temeridad, pues con anterioridad interpuso otra «acción de tutela» contra la Sala Penal del Tribunal Superior de San Gil (n.° 2024-00539), con idénticos participantes, hechos y anhelos a los traídos en esta occasion (STC15482-2024, 15 nov.). 3.- El querellante “apeló” la anterior decisión, sin aducir los motivos para ello.
CONSIDERACIONES 1.- No obstante, dicho recurso es improcedente, porque las normas que disciplinan el procedimiento tutelar, solamente previeron como instrumentos encaminados a controvertir las providencias judiciales, la « impugnación » de la sentencia de primera instancia y la consulta para el proveído que impone sanciones por desacato, amén de la eventual revisión de este por la Corte Constitucional, de conformidad con lo establecido en los artículos 31, 32, 33 y 52 del Decreto 2591 de 1991, reglamentario del artículo 86 de la Constitución Política (ATC465-2019 reiterado en ATC1266-2021, ATC1106-2022 y ATC1370-2023.
De suerte que el fallo objetado (STC15482-2024, 15 nov.), no es susceptible de la « impugnación » invocada por el impulsor en este escenario especialísimo. 2.- Con todo, el actor tiene a su alcance otras herramientas previstas en el ordenamiento jurídico para rebatir el «fallo de tutela» que confuta, como es la eventual revisión ante la Corte Constitucional y, en caso de no ser seleccionado el infolio, hacer uso de la «facultad de insistencia». 3.- Como colofón, se rechazará de plano el mecanismo ejercido.
DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, Agraria y Rural,
RESUELVE
Primero: RECHAZAR DE PLANO, por improcedente, la impugnación interpuesta por Romain Campos Lara. Segundo: Por secretaría entérese a las partes y demás involucrados del contenido de esta decisión.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE HILDA GONZÁLEZ NEIRA Magistrada 3