Radicación n°. 11001-22-03-000-2024-02208-01 ATC1902-2024 Radicación n°. 11001-22-03-000-2024-02208-01 Bogotá, D. C., veintinueve (29) de octubre de dos mil veinticuatro (2024). El honorable Magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque declaró impedimento para conocer la impugnación interpuesta contra la sentencia proferida el 10 de septiembre de 2024 por la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Bogotá, que negó el amparo deprecado por Agrofuturo Inversiones S.A.S. En Liquidación contra el Juzgado Primero Civil Circuito de Ejecución de Sentencias de esta ciudad, por cuanto « la acción de tutela recae sobre un proceso ejecutivo donde intervino [su] hermano Jaime Orlando Tejeiro Duque, como anterior apoderado de Agropecuaria de Comercio S.A.S. », ejecutante en el juicio criticado, de conformidad con lo previsto en la causal 1° del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal.
En efecto, el citado profesional del derecho intervino en el proceso censurado y fue notificado de esta acción constitucional en calidad de vinculado, razón por la cual se impone aceptar la manifestación de impedimento, en tanto la circunstancia descrita armoniza con la causal prevista en el numeral 1º del artículo 56 de la citada Ley 906 de 2004, consistente en que « Que el funcionario judicial, o su cónyuge o compañero o compañera permanente, o algún pariente suyo dentro del cuarto grado de consanguinidad o civil, o segundo de afinidad, tenga interés en la actuación procesal ».
DECISIÓN En mérito de lo expuesto, se
RESUELVE
ACEPTAR la declaración de impedimento del honorable magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque, para separarse del conocimiento de la presente acción constitucional. En firme el presente proveído, ingresen las diligencias al despacho de la Magistrada Ponente, para lo pertinente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO TERNERA BARRIOS Magistrado 1 2