Radicación n.° 11001-02-03-000-2026-00588-00 JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO Magistrado ponente ATC186-2026 Radicación n.° 11001-02-03-000-2026-00588-00 Bogotá D.C., nueve (9) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Encontrándose a Despacho las presentes diligencias contentivas de conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Diecisiete Civil Municipal Oral de Bogotá y Veintiuno Civil Municipal de Oralidad de Medellín, Despachos que rehusaron conocer de la solicitud de amparo que formuló Tulio Alonso Ramírez Herrera contra los Juzgados Cincuenta y Uno Ciento Cinco de Paz de Bogotá, es del caso anunciar la imposibilidad de desatar el conflicto suscitado, en atención a lo manifestado ante el Despacho por parte de quien dijo actuar como abogada del actor, quien en memorial remitido el día de hoy, informó que: (…) la acción de tutela al parecer de manera errada fue radicada doblemente.
Es de anotar, que, al parecer por error de la rama judicial hubo un doble registro y dicha acción de tutela fue admitida por el JUZGADO DOCE (12) PENAL MUNICIPAL CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS DE BOGOTÁ D.C. el día viernes 30 de enero de la presente anualidad. Lo anterior por consideración de la suscrita, aunque el error no corresponde a esta parte, por lealtad procesal me veo en la obligación de informar lo sucedido para que se tomen las determinaciones que en derecho correspondan… En razón a lo expuesto con ocasión de la comunicación entablada con el Juzgado Doce Penal Municipal con Función de Control de Garantías de esta ciudad, en efecto se confirmó que ante esa dependencia judicial se repartió el trámite tutelar aludido, siendo radicado con el número 11001-40-88-012-2026-00040-00 y cuyo conocimiento fue asumido el pasado 30 de enero de la anualidad, destacándose que actualmente está en términos para proyectar la sentencia que defina la acción. Por lo anterior, se dispone la remisión de las diligencias y la cadena de correos electrónicos que fueron allegados a la Corte, sin dar trámite al conflicto suscitado, a efectos de que se disponga la remisión de unos y otros al juzgado referido, para los fines y efectos que allí se estimen pertinente.
Por la Secretaría procédase con el cargue de dichas actuaciones en el sistema ESAV y disponer lo propio para el registro de lo aquí decidido. Comuníquese esta decisión al interesado y a los despachos involucrados.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO Magistrado 4