Rad. n.° 11001-22-10-000-2021-00969-01 LUIS ALONSO RICO PUERTA Magistrado Ponente ATC1761-2021 Radicación n.° 11001-22-10-000-2021-00969-01 (Aprobado en sesión veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno) Bogotá, D.C., veinticinco (25) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). De conformidad con la causal prevista en el numeral 1.º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, norma aplicable por remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, se acepta el impedimento que manifestó el magistrado Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo, para intervenir en la acción de tutela de la referencia, por cuanto tiene vínculo consanguíneo en segundo grado con Carolina María Quiroz Monsalvo, agente del Ministerio Público en funciones ante el estrado convocado, esto es, el Juzgado Quinto de Familia de Bogotá. En consecuencia, se le declara separado del conocimiento, sin que se considere necesaria la designación de conjuez para reemplazarlo, toda vez que con los demás integrantes de la Sala se verifica el quórum requerido para deliberar y resolver el presente asunto.
Comuníquese esta decisión por el medio más expedito. FRANCISCO TERNERA BARRIOS Presidente de Sala ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO HILDA GONZÁLEZ NEIRA LUIS ALONSO RICO PUERTA OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE 2 LUIS ALONSO RICO PUERTA Magistrado Ponente ATC1761 - 2021 Radicación n. ° 11001 - 22 - 10 - 000 - 2021 - 00969 - 01 (Aprobado en sesión veinticu atro de noviembre de dos mil veintiuno) Bogotá, D.C., vein ticinco ( 25 ) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
De conformidad con la causal prevista en el numeral 1. º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, norma aplicable por remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, se acepta el impedimento que manifestó el magistrado Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo, para intervenir en la acción de tutela de la referencia, por cuanto tiene vínculo consanguíneo en segundo grado con Carolina María Quiroz Monsalvo, agente del Ministerio Púb lico en funciones ante el estrado convocado, esto es, el Juzgado Quinto de Familia de Bogotá. En consecuencia, se le declara separad o del conocimiento, sin que se considere necesaria la designación de conjuez para reemplazarl o, toda vez que con los demás integrantes de la Sala se verifica el quórum requerido para deliberar y resolver el presente asunto.
Comuníquese esta decisión por el medio más expedito. LUIS ALONSO RICO PUERTA Magistrado Ponente ATC1761-2021 Radicación n.° 11001-22-10-000-2021-00969-01 (Aprobado en sesión veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno) Bogotá, D.C., veinticinco (25) de noviembre de dos mil veintiuno (2021). De conformidad con la causal prevista en el numeral 1.º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, norma aplicable por remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, se acepta el impedimento que manifestó el magistrado Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo, para intervenir en la acción de tutela de la referencia, por cuanto tiene vínculo consanguíneo en segundo grado con Carolina María Quiroz Monsalvo, agente del Ministerio Público en funciones ante el estrado convocado, esto es, el Juzgado Quinto de Familia de Bogotá. En consecuencia, se le declara separado del conocimiento, sin que se considere necesaria la designación de conjuez para reemplazarlo, toda vez que con los demás integrantes de la Sala se verifica el quórum requerido para deliberar y resolver el presente asunto.
Comuníquese esta decisión por el medio más expedito.