Micelio
ATC1706-2018Corte Suprema de Justicia · Sala Tutelas2018

Magistrado ponente: Octavio Augusto Tejeiro Duque

Decreto 2591 de 1991

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicación n° 11001-02-03-000-2018-02411-00 ATC1706-2018 Ref.: Exp. 11001-02-03-000-2018-02411-00 Bogotá D.C., veintiocho (28) de agosto de dos mil dieciocho (2018). Se pronuncia el Despacho sobre el « desistimiento de la acción de tutela », de Laura Viviana Mateus Nuñez contra el Consejo Superior de la Judicatura – Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla.

ANTECEDENTES Mediante escrito que antecede la impulsora desiste del resguardo porque « el hecho que dio origen a la misma ha sido superado ». CONSIDERACIONES Como quiera que el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 consagra la facultad, en favor del demandante en tutela, de desistir de su acción, se concluye que es viable la aceptación de la misma, pues tal actuar no ha sido proscrito, sino que por el contrario, constituye la manifestación soberana de la voluntad de terminar o renunciar a las pretensiones, en un acto que expresa el ejercicio de la facultad dispositiva de quien interpuso la actuación. DECISION En merito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, RESUELVE Primero: ACEPTAR el desistimiento que de la salvaguarda hace Laura Viviana Mateus Nuñez.

Segundo: Comuníquese mediante telegrama a las partes.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado PAGE 2