AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO Magistrado ponente ATC1471-2023 Radicación n.° 11001-02-03-000-2023-04142-00 Bogotá, D.C., veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintitrés (2023). Se acepta el impedimento manifestado por la Magistrada Martha Patricia Guzmán Álvarez para conocer de la solicitud de amparo de la referencia, toda vez que hizo parte de la Sala de Decisión que profirió una de las decisiones que resultan involucradas en la queja constitucional, específicamente, la sentencia de 3 de mayo de 2013, que resolvió la apelación que se formuló contra el fallo de 13 de agosto de 2012, por lo que, por expresa remisión del artículo 39 del Decreto 2591 de 1991, se configura la causal prevista en el numeral 6° del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal.
Por lo expuesto, se declara separada del conocimiento de este proceso a la Magistrada impedida y no se designa Conjuez para reemplazarla, porque con los restantes integrantes de la Sala, existe quórum suficiente para deliberar y decidir el presente asunto. Por Secretaría ingrésense las diligencias a la ponente, para continuar con la actuación correspondiente.
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO Magistrado Firmado electrónicamente por: Aroldo Wilson Quiroz Monsalvo Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 896D28C57AB4EAB863816A4D3EC0AB75CD4A3BADB0B0DE5830860B53C18FCD75 Documento generado en 2023-11-24