Radicación n°. 11001-02-03-000-2024-02179-00 ATC1326-2024 Radicación n°. 11001-02-03-000-2024-02179-00 Bogotá, D. C., seis (6) de agosto de dos mil veinticuatro (2024). El honorable Magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque declaró impedimento para conocer la acción constitucional de la referencia, porque involucra lo resuelto en el juicio de simulación de radicado 2009-00264, proceso que « fue repartido a esta magistratura para tramitar el recurso extraordinario de casación, razón por la que es del caso declararme impedido para conocer de esta salvaguarda, al tenor del numeral 6° artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, en consonancia con el canon 39 del Decreto 2591 de 1991, dada mi participación en el proceso objeto de análisis constitucional ».
En efecto, la tutela de la referencia tiene por objeto cuestionar, entre otros, la decisión por la cual la Sala Civil Familia Unitaria del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga concedió el recurso extraordinario de casación interpuesto contra la sentencia proferida por esa Corporación el 2 de abril de 2024, pues considera que no era procedente, dado que no tenía la cuantía suficiente; además, la parte actora solicita que se informe lo pertinente al Magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque, por cuanto se le asignó el conocimiento del recurso de casación censurado, por falta de interés para recurrir.
Revisado el asunto, se observa que el recurso extraordinario objeto de debate fue asignado al Magistrado Tejeiro Duque y que, por auto proferido el pasado 24 de junio, ese Despacho admitió la casación en disputa. Así las cosas, es evidente que la tutela involucra el trámite impartido al recurso extraordinario de casación de radicado 2009-00264 y que en este el Magistrado ha tenido una participación relevante, razón por la cual se impone aceptar la declaración de impedimento, porque la circunstancia descrita se armoniza con la causal prevista en el numeral 6º del artículo 56 de la citada Ley 906 de 2004, consistente en que « Que el funcionario judicial haya dictado la providencia de cuya revisión se trata, o hubiere participado dentro del proceso … ».
DECISIÓN En mérito de lo expuesto, se
RESUELVE
ACEPTAR la declaración de impedimento del honorable magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque para separarse del conocimiento de la presente acción constitucional. Remítase el asunto a la Secretaría de la Sala, para lo pertinente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FRANCISCO TERNERA BARRIOS Magistrado 4 2