Radicación n°. 11001-02-03-000-2025-02804-00 ATC1168-2025 Radicación n°. 11001-02-03-000-2025-02804-00 Bogotá, D.C., dos (02) de julio de dos mil veinticinco (2025). El Magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque declaró impedimento para conocer la tutela de la referencia, promovida frente a la sentencia proferida el 2 de mayo de 2025 por la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio en el proceso de radicado 2021-00022-01, por cuanto se encuentra « en el segundo grado de parentesco de consanguinidad con el apoderado de la parte actora en el proceso de resolución de contrato de promesa de compraventa 50689-31-89-001- 2021-00022-00/01, el doctor Jaime Orlando Tejeiro, quien es mi hermano », de conformidad con lo previsto en la causal 3° del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal.
En efecto, el abogado Jaime Orlando Tejeiro ha intervenido en el presente trámite constitucional, alegando ser « apoderado de la Gloria Amparo Solanilla Bedoya », accionante del proceso censurado. Por tal razón, se impone aceptar la manifestación de impedimento, en tanto la circunstancia descrita armoniza con la causal prevista en el numeral 3º del artículo 56 de la citada Ley 906 de 2004, consistente en que « el funcionario judicial, o su cónyuge o compañero o compañera permanente, sea pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o civil, o segundo de afinidad, del apoderado o defensor de alguna de las partes ».
DECISIÓN En mérito de lo expuesto, se
RESUELVE
ACEPTAR la declaración de impedimento del Magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque para separarse del conocimiento de la presente acción constitucional. Por Secretaría, regrésese el expediente al Despacho que conoce el asunto, para lo pertinente.
NOTIFÍQUESE FRANCISCO TERNERA BARRIOS Magistrado 4 2