2 Radicación nº 66001-22-13-000-2019-00575-01 Radicación n° 11001-02-03-000-2024-02564-00 OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado ponente ATC1156-2024 Radicación nº 11001-02-03-000-2024-02564-00 Bogotá D.C., ocho (8) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Sería del caso decidir sobre la admisión de la acción de tutela insaturada por Ronal Estiven Mestre Jiménez contra el Tribunal Administrativo de Valledupar, de no ser porque se advierte que esta Corporación carece de competencia para rituar el sumario, habida cuenta que conforme lo prevé el numeral 5º del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto 333 de 2021, «[l]as acciones de tutela dirigidas contra los Jueces o Tribunales serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada (…)».
Luego, como la queja central del amparo está dirigida contra el Tribunal mencionado se advierte que es el Consejo de Estado, por ser su superior funcional, es el llamado a rituar el asunto, razón por la cual se dispone: Primero. Por Secretaría remítanse las diligencias al Consejo de Estado. Segundo. Comuníquese lo aquí resuelto a los intervinientes por el medio más expedito.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado 1 2 2