CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Revisión 41.491 Darwin Alexander Valencia Cortés CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL Eyder Patiño Cabrera Magistrado Ponente AP7221-2014 Radicación N° 41.491 (Aprobado Acta N° 397) Bogotá D.C., veinte (20) de noviembre de dos mil catorce (2014). ASUNTO Se resuelve el desistimiento del recurso de reposición presentado por Darwin Alexander Valencia Cortés, a través de apoderado, dentro de la presente acción de revisión.
ANTECEDENTES 1. Toda vez que a la demanda no se anexaron las sentencias por medio de las cuales se declaró la responsabilidad penal de Valencia Cortés, la Sala se remite a los hechos consignados en el fallo de Casación: «[S]iendo aproximadamente las 10 y 30 de la mañana del 29 de febrero de 2008, el señor Marlon de Jesús Gutiérrez Aguas junto con su hermano Manuel Darío Gutiérrez Aguas, arreglaban una alcantarilla tapada, cerca de su casa ubicada en la carrera 4 con calle 44 de esta ciudad (Barranquilla) y de Adelaine Patricia Gutiérrez Aguas —hermana de los anteriores— se encontraba en la terraza, del mismo inmueble, como a 3 o 4 metros de distancia, de donde estaban sus consanguíneos, además, la madre de esas personas se dirigía a la tienda —hacia la Carrera 5ta— señora Lina Andrea Aguas Aguas, a comprar el mercado para el almuerzo, instante en que se presentó una motocicleta AX 100, al parecer azul o negra, con dos (2) sujetos y el parrillero, sin nada que ocultara su rostro, un fulano de mediana estatura, moreno o negro, grueso, cabellos cortos o bajitos, suéter azul y con una pistola en la mano le disparó a Marlon de Jesús Gutiérrez Aguas, cayendo inmediatamente al piso, donde lo remató con dos disparos más en la cabeza, causándole la muerte de forma inmediata, todo lo cual fue observado por los hermanos y madre del obitado ya que tuvieron al asesino a dos, tres y cuatro metros de distancia, después el victimario subió al rodante, que lo esperaba, y huyeron». 2.
El 2 de marzo de 2008, ante el Juez 2º Penal Municipal con funciones de control de garantías de Barranquilla, se adelantaron las audiencias preliminares de legalización de captura y formulación de la imputación en contra de Darwin Alexander Valencia Cortés por el delito de homicidio agravado, e imposición de medida de aseguramiento. 3. El 30 de enero de 2009, el Juzgado 4º Penal del Circuito de esa ciudad, previo anuncio del sentido de fallo, condenó al acusado a la pena principal de 412 meses de prisión, a la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso, en su condición de autor del delito de homicidio agravado.
De igual modo, se le condenó a la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por lapso igual. 4. Impugnada la anterior decisión por la defensa, fue confirmada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla el 19 de marzo siguiente. 5. Mediante auto del 19 de agosto de 2009, esta Corporación inadmitió la demanda de casación interpuesta contra la anterior decisión; sin embargo, el 23 de septiembre casó de oficio y parcialmente la sentencia, para fijar en 20 años la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas. 6.
El apoderado de Valencia Cortés presentó demanda de revisión y el 28 de mayo de 2014 se inadmitió, por no allegarse: i) elementos de juicio que demostraran las causales invocadas, ii) copia auténtica de las decisiones cuya revisión demanda, ni, iii) constancia de ejecutoria. Ese proveído fue notificado personalmente al libelista, quien en escrito presentado el 25 de julio de 2014 interpuso el recurso de reposición, sin que obre su sustentación 7.
En memorial del 4 de agosto cursante, el apoderado de Valencia Cortés desistió del trámite. CONSIDERACIONES 1. Estas diligencias se gobernaron por la Ley 906 de 2004, disposición que en su artículo 179F, prevé que, « [p]odrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida». 2. Revisado el expediente, se advierte que al presentarse el escrito de desistimiento, el proceso se encontraba pendiente de resolver la impugnación interpuesta por la defensa contra la providencia del 28 de mayo de 2014. 3.
Así las cosas, conforme al precepto legal citado, se torna viable acceder a la solicitud elevada. Por lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
ACEPTAR el desistimiento del recurso de reposición interpuesto contra la providencia del 28 de mayo de 2014, presentado por el apoderado de Darwin Alexander Valencia Cortés. Contra esta decisión no procede ningún recurso. Notifíquese y cúmplase. Fernando Alberto Castro Caballero José Luis Barceló Camacho José Leonidas Bustos Martínez (Impedido) Eugenio Fernández Carlier María Del Rosario González Muñoz (Impedida) Gustavo Enrique Malo Fernández Eyder Patiño Cabrera Patricia Salazar Cuéllar Luis Guillermo Salazar Otero Nubia Yolanda Nova García Secretaria � Corresponde al radicado 32.318, decisión del 23 de septiembre de 2009, allegado al presente trámite por virtud de los impedimentos presentados por algunos de los integrantes de la Sala. � Adicionado por el artículo � HYPERLINK "http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1395_2010_pr002.html" \l "97" �97� de la Ley 1395 de 2010. 8 5