Micelio
AP7153-2015(45670)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2015
Ley 600 de 2000

45670(04-12-15) WAsitel• WA4 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada Ponente AP7153-2015 Radicación No. 45.670 Acta No. 432 Bogotá D.C., cuatro (4) de diciembre de dos mil quince (2015). OBJETO DE LA DECISIÓN La Corte decide acerca de la solicitud de desistimiento de la acción de revisión presentada por el apoderado de SEGUNDO ARMANDO GUTIERREZ DELGADO.

ANTECEDENTES 1. El Juzgado Penal del Circuito de La Unión -Nariño- el 7 de mayo de 2012, emitió sentencia condenatoria en Acción de Revisión Radicación 45.670 SEGUNDO ARMANDO GUTIERREZ DELGADO contra de GUTIERREZ DELGADO y otros, al encontrarlos responsables de los delitos de homicidio agravado, hurto agravado tentado y porte ilegal de armas de fuego, imponiéndoles una pena de 28 arios de prisión, inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años, y multa de 10 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes de la época. 2.

Apelada la sentencia por los defensores de los procesados y el apoderado de la parte civil, fue confirmada el 15 de agosto de 2012 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto. 3. Interpuesto el recurso extraordinario de casación contra esta decisión, mediante proveído del 18 de diciembre de 2013, la Corte inadmitió la demanda respectiva. 4.

El apoderado de SEGUNDO ARMANDO GUTIERREZ DELGADO promovió acción de revisión en contra del fallo de condena, la cual fue repartida en esta Corporación. Luego de sorteados los conjueces con miras a definir el impedimento conjunto manifestado por los H. Magistrados JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO, JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTINEZ, FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO, EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER, GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ, EYDER PATIÑO CABRERA y LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO, el mismo fue aceptado mediante providencia AP6661-2015. 2 Acción de Revisión Radicación 45.670 SEGUNDO ARMANDO GUTIERREZ DELGADO 5.

Ahora, procede esta Sala resolver la manifestación de desistimiento invocada por el defensor de GUTIERREZ DELGADO, quien allegó oficio mediante el cual peticionó: Es preciso que se retire la demanda en cuanto adolece de requisitos esenciales, que deben aportarse para que la misma cumpla con los fines de la revisión, razón por la cual es mi voluntad desistir de la continuación de esta acción de revisión, razón por la cual a usted comedidamente solicito se designe admitir el desistimiento y devolverme los anexos aportados incluido el poder para los fines que sean pertinentes. ) CONSIDERACIONES 1.

Las presentes diligencias se gobernaron por el Código de Procedimiento Penal, Ley 600 de 2000. El artículo 230 de dicha normatividad, prevé: "Podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida". 2. Ahora bien, se tiene que al momento de presentarse el escrito de desistimiento, la demanda se encontraba pendiente de ser estudiada acerca del cumplimiento de los requisitos formales de admisibilidad, sin que exista hasta el momento ningún pronunciamiento de fondo. ' Cfr. Folio 98 Cdo.

Principal. -O 3 16' Acción de Revisión Radicación 45.670 SEGUNDO ARMANDO GUTIERREZ DELGADO En este contexto, según el precepto transcrito, se estima que es procedente la manifestación realizada por el abogado de SEGUNDO ARMANDO GUTIERREZ DELGADO a quien se ordenará la devolución de todos los anexos de la presente demanda, tal y como se dispondrá en la parte resolutiva de esta determinación. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL,

RESUELVE

ACEPTAR el desistimiento de la acción de revisión presentada por el abogado de SEGUNDO ARMANDO GUTIERREZ DELGADO. ORDENAR la devolución de los anexos aportados con la demanda. Contra esta decisión no procede ningún recurso. Cópiese, comuníquese y cúmplase. PATRICIA, Magistrada.r ALFON e‘ DAZA ZÁLEZ Conjuez 4 Conjuez AN CARLOS PRÍAS BERNAL Conjuez \ ÜNjj, YEZID VIVEROS LLANOS Conjíje Acción de Revisión Radicación 45.670 SEGUNDO ARMANDO GUTIERREZ DELGADO NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 5 _13 ictde 00000001 00000002 00000003 00000004 00000005 00000006