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AP7112-2016(48141)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2016

Magistrado ponente: Luis Antonio Hernández Barbosa

Ley 906 de 2004

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE CASACIÓN 40141 DARIO CIFUENTES LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA Magistrado Ponente AP7112-2016 Radicación 48141 (Aprobado Acta No. 330) Bogotá D.C., diecinueve (19) de octubre de dos mil dieciséis (2016). VISTOS: Se pronuncia la Sala en relación con el desistimiento del recurso de casación presentado por el procesado DARIO CIFUENTES, coadyuvado por su abogado defensor.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES DE LA CORTE: 1. El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Buga el 18 de diciembre de 2014 condenó a DARIO CIFUENTES y a Claudia Marcela Holguín Herrera como autor e interviniente, respectivamente, del delito de violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades. Igualmente absolvió al primero por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. 2.

Los defensores y la Fiscalía apelaron ese pronunciamiento y el Tribunal Superior de Buga, a través del fallo recurrido en casación, dictado el 26 de febrero de 2016, lo confirmó en cuanto a las condenas emitidas y revocó la absolución. En su lugar, condenó a DARIO CIFUENTES por el delito del artículo 410 del Código Penal. 3. Después de presentar el apoderado de CIFUENTES la demanda de casación, ya el asunto en la Corte para resolver acerca de su admisibilidad, el procesado presentó desistimiento del recurso extraordinario de casación, solicitud de la cual se dio traslado al defensor, quien manifestó acogerse a la voluntad de su defendido.

Siendo ello así, la Sala admitirá el desistimiento al advertirse voluntario, avalado por la defensa, y haberse expresado antes de decidir la Sala, según lo prescribe el artículo 199 de la Ley 906 de 2004. En virtud de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE

ACEPTAR el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el procesado DARIO CIFUENTES, avalado por su defensor. Contra la presente decisión procede recurso de reposición.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA EYDER PATIÑO CABRERA PATRICIA SALAZAR CUELLAR LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria PAGE 4