Micelio
AP6891-2015(41322)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2015

Magistrado ponente: Patricia Salazar Cuéllar

Ley 906 de 2004

41322(25-11-15) SV Cordialmente, JOSÉ LEONIDAS MAGI STOS MARTÍNEZ RADO Fecha ut supra. SALVAMENTO91 E VOTO 1,N CASACIÓN. RA o. 41322 SALVAMENTO DE VOTO Con el respeto que profeso a las decisiones de la Sala mayoritaria, comedidamente me permito expresar las razones por las cuales no comparto el sentido de la determinación adoptada, toda vez que a mi modo de ver la Corte ha debido ejercer la facultad otorgada por el artículo 184 del Código de Procedimiento Penal y superar los defectos advertidos en la demanda con miras al proferimiento de un fallo de mérito, en orden a dilucidar de una vez por todas si las conductas atribuidas a los enjuiciados corresponden a las definiciones típicas por las cuales fueron condenados en las instancias, o si por el contrario, aquello que fue definido como fraude procesal, en realidad corresponde al delito de obtención de documento público falso.

Adhiero por tanto al salvamento de voto suscrito por el Honorable Magistrado Eugenio Fernández Carlier, cuando remite a los argumentos expresados en el salvamento de voto que presentó en la casación co a ación 43.716, toda vez que en él se ofrecen las razones f, el dise so de una manera categórica y con inmejorable textura urídica. -.o 00000001