República de Colombia Corte Suprema de Justicia Casación Ley 906 Rad. n° 41707 José Rafael Martínez Gil y Otros CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Magistrado ponente AP6866-2014 Radicación n° 41707 (Aprobado Acta No. 385) Bogotá, D.C., doce (12) de noviembre de dos mil catorce (2014) ASUNTO Se pronuncia la Sala sobre el desistimiento del recurso de casación presentado por el procesado José Rafael Martínez Gil.
SE CONSIDERA Mediante sentencia del 23 de abril de 2013, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín confirmó en su integridad el fallo dictado por el Juzgado Veintitrés Penal del Circuito con funciones de conocimiento de la misma ciudad, a través de la cual condenó a Germán Darío Tejada Galeano, Juan Felipe Muñoz Arango y José Rafael Martínez Gil a la pena principal de ciento cinco (105) meses de prisión como responsables de los delitos de hurto calificado agravado y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego.
Contra dicho pronunciamiento el defensor de José Rafael Martínez Gil interpuso el recurso extraordinario de casación, de cuya calificación se ocupó la Sala el 22 de octubre del año en curso, en el sentido de no seleccionar la demanda. Encontrándose el proceso en la Secretaría de la Sala corriendo el término para la presentación de insistencia, el pasado 5 de noviembre el procesado José Rafael Martínez Gil presentó escrito a través del cual manifiesta que “… renuncio al recurso de casación …”.
Efectivamente, el artículo 199 de la Ley 906 de 2004, Estatuto bajo el cual se rituó el proceso, permite a los impugnantes en casación desistir del recurso hasta antes de que la Sala lo decida. Como quiera que en esta oportunidad el acusado dio a conocer su decisión de desistir del recurso de casación interpuesto solo después que la Sala emitió el auto por medio del cual inadmitió la demanda, es claro que no se satisface la exigencia legal referida a que no haya sido aún resuelta la impugnación propuesta, motivo por el cual la pretensión del acusado debe rechazarse por extemporánea.
Conforme a lo expuesto, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE RECHAZAR por extemporánea la solicitud de desistimiento del recurso de casación elevada por el sentenciado José Rafael Martínez Gil. Remitir la actuación al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ EYDER PATIÑO CABRERA PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Nubia Yolanda Nova García Secretaria 4