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AP5877-2021(57800)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2021

CUI 523566109643-2016-00322 Casación acusatorio No. 57.800 Jhonny davis martinez artega DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN Magistrado ponente AP5877-2021 Radicado N° 57800. Acta 326. Bogotá, D.C., nueve (9) de diciembre de dos mil veintiuno (2021). V I S T O S 1. Se pronuncia la Corte sobre el desistimiento del recurso de casación presentado por el procesado JHONNY DAVIS MARTÍNEZ ARTEAGA.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES 2. La defensora del señor JHONNY DAVIS MARTÍNEZ ARTEAGA interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, el 24 de junio de 2020, mediante la cual modificó la proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Conocimiento de Ipiales, el 23 de abril de 2018, en su lugar, condenó al procesado como autor del delito de acceso carnal abuso con incapaz de resistir a la pena de 146 meses de prisión y la inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por igual término. 3.

Hallándose el expediente a despacho para resolver sobre la admisión de la demanda de casación, JHONNY DAVIS MARTÍNEZ ARTEAGA hizo llegar a la Secretaría de la Sala escrito en el que desiste del recurso. 4. Con el fin de conocer la posición de la defensa y precaver la existencia de un eventual conflicto entre sus pretensiones y las del procesado, se corrió traslado de la manifestación a quien en la actualidad se encuentra acreditada como su representante[footnoteRef:1], solicitó « que se desatienda la solicitud elevada por el encartado y se continúe con el proceso con el que se busca que la Corte case la decisión del Tribunal Superior de Pasto.[footnoteRef:2]», e indicó que sobre el tema hizo la respectiva explicación al procesado. [1: Poder otorgado 5 de marzo de 2020.] [2: Documento allegado vía virtual.] 5.

Comoquiera que el artículo 130 de la Ley 906 de 2004, estatuto aplicable al caso, establece que de mediar conflicto entre las peticiones o actuaciones de la defensa con las del imputado o procesado, prevalecen las de aquélla, la Sala se atendrá a la voluntad de ésta y negará la pretensión de su representado. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL,

RESUELVE

PRIMERO. - NO ACEPTAR el desistimiento del recurso de casación presentado por el procesado JHONNY DAVIS MARTÍNEZ ARTEAGA. SEGUNDO.- Contra esta decisión procede el recurso de reposición. Notifíquese y cúmplase. GERSON CHAVERRA CASTRO JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA FABIO OSPITIA GARZÓN HUGO QUINTERO BERNATE PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Nubia Yolanda Nova García Secretaria 4