CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Acción de Revisión Radicación 43.851 Hugo Ernesto Pineda Ortiz CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL AP5079-2015 Radicación No.: 43.851 Acta No. 311 Bogotá D. C., ocho(8) de septiembre de dos mil quince (2015) El H. Magistrado EYDER PATIÑO CABRERA, manifestó su impedimento para conocer de la demanda de revisión instaurada por la defensora del condenado HUGO ERNESTO PINEDA ORTIZ, con fundamento en lo dispuesto en el numeral 6º del artículo 56 de la Ley 906 de 2004[footnoteRef:1]. [1: 6.
Que el funcionario haya dictado la providencia cuya revisión se trata, o hubiere participado dentro del proceso…] Lo anterior, porque en su condición de Procurador Segundo Delegado para la Casación Penal determinó, mediante oficio del 1º de noviembre de 2011, no insistir ante la Sala Penal de esta Corporación para que se admitiera la demanda de casación formulada por la defensora del condenado, argumentando en dicho proveído que «así como lo advirtió la Honorable Corte, las garantías esenciales del procesado se mantuvieron incólumes»[footnoteRef:2]. [2: Folios 47 a 53 del cuaderno de casación.] Al configurarse la causal aludida del Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) consistente en que «el funcionario…hubiere participado dentro del proceso », los suscritos Magistrados y Conjueces aceptamos el impedimento propuesto y en consecuencia, el H. Magistrado EYDER PATIÑO CABRERA, será separado del conocimiento de este asunto.
Comuníquese y cúmplase PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER Magistrado GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ Magistrado LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Magistrado JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA Conjuez DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN Conjuez ABEL DARÍO GONZÁLEZ SALAZAR Conjuez JUAN CARLOS PRÍAS BERNAL Conjuez NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 2