Revisión 48.311 Eliuth Eduardo Mina Mosquera Revisión 48.311 Eliuth Eduardo Mina Mosquera Eyder Patiño Cabrera Magistrado Ponente AP3250-2017 Radicación n.° 48.311 Acta 162 Bogotá, D. C., veintidós (22) de mayo de dos mil diecisiete (2017). Los H. Magistrados, Eugenio Fernández Carlier, José Luís Barceló Camacho, Fernando Alberto Castro Caballero, Gustavo Enrique Malo Fernández, Patricia Salazar Cuéllar y Luís Guillermo Salazar Otero manifestaron su impedimento para conocer de la demanda de revisión instaurada por la apoderada judicial de Eliuth Eduardo Mina Mosquera, en tanto, se encuentran inmersos en lo previsto en el artículo 228 de la Ley 600 de 2000, toda vez que como integrantes de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, suscribieron la providencia dictada por esta Corporación el 18 de junio de 2014 (CSJ SP, 18 jun. 2014, rad 43.772), mediante la cual casó de oficio el fallo emitido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali en favor del condenado.
Explicaron los Magistrados que en la oportunidad referida, declararon « extinguidas las acciones penal y civil a que se contrae este trámite por la conducta punible de uso de documento falso, en razón de la prescripción, resodificándose la sanción, condenándose a Eliuth Eduardo Mina Mosquera a la pena principal de 450 meses y 18 días de prisión, como autor del concurso homogéneo y sucesivo de homicidio agravado en concurso heterogéneo con concierto para delinquir agravado, precisando que los demás aspectos del fallo de segundo grado no tendrían modificación ».
Por consiguiente, al configurarse la causal aludida, la Sala acepta el impedimento propuesto y en consecuencia los H. Magistrados Eugenio Fernández Carlier, José Luís Barceló Camacho, Fernando Alberto Castro Caballero, Gustavo Enrique Malo Fernández, Patricia Salazar Cuéllar y Luís Guillermo Salazar Otero serán separados del conocimiento de este asunto.
Comuníquese y cúmplase José Francisco Acuña Vizcaya Magistrado Eyder Patiño Cabrera Magistrado Luís Antonio Hernández Barbosa Magistrado Guillermo Angulo González Conjuez Alejandro David Aponte Cardona Conjuez Paula Cadavid Londoño Conjuez Alfonso Cadavid Quintero Conjuez Abel Darío González Salazar Conjuez Ramiro Alonso Marín Vásquez Conjuez Nubia Yolanda Nova García Secretaria � «ARTICULO 228.
IMPEDIMENTO ESPECIAL. No podrá intervenir en el trámite y decisión de esta acción ningún magistrado que haya suscrito la decisión objeto de la misma» PAGE 3