Casación 50094 Rodrigo Antonio Durán Pérez CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Magistrado Ponente AP2983-2017 Radicado 50094 Acta No. 140 Bogotá, D.C., diez (10) de mayo de dos mil diecisiete (2017). Asunto Correspondería a la Sala pronunciarse sobre la viabilidad formal de la demanda de casación presentada por el defensor de Rodrigo Antonio Durán Pérez, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Santa Marta el 1° de abril de 2016, que al modificar la decisión de primer grado, condenó al procesado, junto con Verónica Patricia Vega Ávila a la pena principal de 36 meses de prisión y multa de 100 S.M.L.M. como responsables del delito de estafa sin agravantes, de no advertirse que habría operado el fenómeno jurídico de prescripción cuyo prioritario pronunciamiento se impone.
Antecedentes y consideraciones 1. Los hechos objeto de esta investigación fueron denunciados el 31 de mayo de 2006 por Giovanny Mancilla en representación de Colombia Telecomunicaciones S.A. (empresa que asumió las operaciones de Tele Santa Marta el 4 de junio de 2004), al detectar de acuerdo con informaciones de usuarios, que múltiples líneas telefónicas habían sido cedidas o suspendidas y mediante operaciones irregulares se estaban utilizando en diversos puntos de la ciudad para llamadas a celular, larga distancia nacional e internacional.
Los perjuicios fueron estimados en una suma cercana a los dos mil millones de pesos. 2. Acopiada al proceso prueba de diversa índole y vinculados mediante indagatoria y declaración de persona ausente, respectivamente, Rodrigo Antonio Durán Pérez y Verónica Patricia Vega Ávila, el 24 de noviembre de 2010 se declaró cerrada la investigación (fl.281 c.2).
El 2 de diciembre de 2011 la Fiscalía Segunda de la Unidad Nacional de delitos contra la propiedad intelectual y las telecomunicaciones de Bogotá calificó el mérito de la investigación, en decisión que hubo de ser ratificada por la Fiscalía de segundo grado el 30 de marzo de 2012, acusándose a los imputados por los delitos de concierto para delinquir, estafa agravada y falsedad en documento público, acorde con los arts. 340, 246, 267 y 287 del C.P. 3.
Tramitada la fase del juicio, el 6 de julio de 2015 el Juzgado Primero Penal del Circuito de Santa Marta profirió sentencia de primera instancia, condenando a Durán Pérez por el delito de estafa agravada y falsedad en documento privado, como efecto de modificar la entidad típica del delito contra la fe publica a la pena de 90 meses de prisión y multa de 100 S.M.L.M. y a Vega Ávila por estafa agravada a la pena de 88 meses de prisión y multa de 100 S.M.L.M, siendo al propio tiempo absueltos por el delito de concierto para delinquir.
El 1° de abril de 2016, al confirmar el Tribunal Superior de dicha ciudad la sanción de primer grado, declaró prescrita la acción penal por el delito de falsedad, al tiempo que clarificó que la estafa imputada a los procesados era en la modalidad de simple, para imponerles, finalmente, la sanción de 36 meses prisión y multa de 100 S.M.L.M. 4.
Visto que el delito objeto de condena fue el de estafa en la modalidad básica del art. 246 del C.P., con una sanción máxima de 8 años de prisión y acorde con la reseña procesal dada se conoce que el proveído calificatorio de segunda instancia cobró firmeza el 30 de marzo 2012, el término prescriptivo de la acción penal que durante la investigación sería del referido lapso de ocho (8) años (art. 83 id.), durante la fase del juicio corresponde a la mitad, sin que pudiera ser menor a cinco (5) años (artículo 86 id.), último lapso que determina el de la prescripción en este último ciclo. 5.
En condiciones tales, el hecho punible de estafa por el que se condenó a Rodrigo Antonio Durán Pérez y Verónica Patricia Vega Ávila habría prescrito el pasado 30 de marzo, esto es, cuando el expediente se hallaba en remisión ante la Corte, a donde arribó el 6 de abril anterior, por lo cual corresponde a la Sala hacer la declaración correspondiente.
En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA en Sala de Casación Penal, Resuelve 1. Declarar la prescripción de la acción penal -y de la civil ejercida dentro de esta misma actuación- por el delito de estafa imputada a Rodrigo Antonio Durán Pérez y Verónica Patricia Vega Ávila. 2. En consecuencia, decretar la cesación de todo procedimiento en su favor.
Contra esta decisión procede el recurso de reposición. Cópiese, notifíquese y cúmplase. EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ EYDER PATIÑO CABRERA PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO Nubia Yolanda Nova García Secretaria 6