Revisión 50336 Misael Villabona López y otros EYDER PATIÑO CABRERA Magistrado ponente AP2775-2020 Radicación no. 50336 Acta No. 220 Bogotá D. C., veintiuno (21) de octubre de dos mil veinte (2020) VISTOS Procede la Corte a declarar persona ausente a Misael Villabona López, Pedro José Yepes Guzmán y Fredy Aguirre Quintero, dentro del trámite de la presente acción de revisión.
HECHOS Fueron consignados en la decisión del 12 de junio de 2012, emitida por la Fiscalía 80 Especializada de la Unidad de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario así: «Denuncia AMIRA ZUÑIGA DE VÁSQUEZ que el 1º de junio de 1992, su hijo OMAR ZUÑIGA DE VASQUEZ fue sacado violentamente de su casa de habitación ubicada en la finca del Municipio de San Jacinto Bolívar, cuando a ella arribaron un número considerable de militares pertenecientes a la infantería de marina quienes ejercían labores de control en la zona, ingresaron violentamente a la casa, detuvieron al joven, pusieron boca abajo al resto de sus familiares, esto es a su madre y cuatro hermanos menores, patearon a OMAR colocándole un costal en la cabeza y llevándolo en contra de su voluntad al interior del camión en que se movilizaban, al cual también obligaron a subir a la denunciante, quien fue maltratada y se pudo percatar de los tratos crueles que le infligían a su hijo, quien estuvo retenido en un colegio que luego de ser transportada en el camión en que se movilizaban, fue abandonada el 4 de junio del mismo mes, cerca de la vereda de matuya (sic) del municipio de María la Baja, sin volver a tener conocimiento de la ubicación de su hijo, hasta cuando días después fue hallado su cadáver en descomposición en la base del cerro el Capiro con disparos de arma de fuego.» ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES Mediante auto del 13 de mayo de 2019, fue admitida la demanda[footnoteRef:1].
El 23, 25 y el 31 de julio, el 13 y 17 de septiembre de 2019 y el 22 de enero de 2020, se notificó personalmente su contenido a Roger Gilberto Argel Bravo, Oslavi Enrique de la Cruz Torres, Eder Farrayan Nieto, Carlos Adolfo Bermúdez Carmona y Guillermo Prospero Castillo Vallecilla [footnoteRef:2] - procesados no demandantes-. [1: Folios 313 a 314 del cuaderno n.o.2 de la Corte.] [2: Folios 338 reverso, 345, 368 reverso, 381 y 382 ejusdem.] A través de providencia CSJ AP1657–2020 del 8 de julio pasado, la Corte decidió excluir de la presente acción de revisión a Carlos Enrique Castro Herrera y Alfonso Coronel Ortiz, de quienes se reportó su fallecimiento.
De conformidad con el artículo 223 de la Ley 600 de 2000 el auto admisorio de la demanda de revisión debe notificarse personalmente al beneficiario de la cesación de procedimiento « y cuando esto no sea posible se le declarará persona ausente y se le designará defensor de oficio, con quien se surtirá toda la actuación ». Comoquiera que se agotaron todos los medios necesarios para ubicar a Misael Villabona López, Pedro José Yepes Guzmán y Fredy Aguirre Quintero, empero no fue posible localizarlos para notificarles la admisión de la demanda de revisión promovida en su contra, se impone con fundamento en la norma citada declararlos personas ausentes y oficiar a la Defensoría del Pueblo a fin de que designen defensor a cada uno de ellos.
Cabe aclarar que, si bien, los demandados Henry Mauricio Rodríguez Botero, Nelson Gutiérrez Tejero y Jairo Becerra no fueron ubicados, lo cierto es que al otorgar poder a sus abogados de confianza han dado muestras de que se encuentran enterados de esta acción entablada en su contra y, por tanto, se entienden notificados por conducta concluyente conforme a lo dispuesto en el canon 181 ibidem.
En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE DECLARAR personas ausentes a Misael Villabona López, Pedro José Yepes Guzmán y Fredy Aguirre Quintero, y designarles defensores de la Defensoría del Pueblo, conforme a lo expuesto en esta decisión Contra esta determinación procede el recurso de reposición. Notifíquese y cúmplase PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA GERSON CHAVERRA CASTRO EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA JAIME HUMBERTO MORENO ACERO FABIO OSPITIA GARZÓN EYDER PATIÑO CABRERA HUGO GUINTERO BERNATE NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 3