Micelio
AP2497-2018(51972)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2018

Magistrado ponente: Luis Antonio Hernández Barbosa

Ley 600 de 2000

RECORD DE PROVIDENCIAS 2001 PAGE REVISIÓN 51972 JESÚS MARÍA PARDO HERNÁNDEZ LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA Magistrado Ponente AP2497-2018 Radicación 51972 (Aprobado Acta No. 204). Bogotá D.C., junio veinte (20) de dos mil dieciocho (2018). VISTOS: Corresponde a esta Sala integrada por Magistrados y Conjueces, pronunciarse sobre el impedimento presentado por los Magistrados doctores José Luis Barceló Camacho, Fernando Alberto Castro Caballero, Eugenio Fernández Carlier, Patricia Salazar Cuellar y Luis Guillermo Salazar Otero, para conocer de la acción de revisión instaurada en nombre propio por el sentenciado JESÚS MARÍA PARDO HERNÁNDEZ, contra la sentencia de segundo grado proferida por esta Sala el 4 de octubre de 2015, confirmatoria de la dictada el 15 de octubre de 2014 por el Tribunal de Arauca, por cuyo medio condenó al mencionado ciudadano como autor de los delitos de “ prevaricato por acción y peculado por apropiación agravado en favor de terceros, en concurso homogéneo y sucesivo ”.

EL IMPEDIMENTO: Los Magistrados mencionados en precedencia aducen que en la fecha indicada suscribieron el fallo de segunda instancia (Rad. 45099) por medio del cual se decidió confirmar la sentencia de condena proferida contra PARDO HERNÁNDEZ, y en razón de ello, advierten la actualización del supuesto establecido en la causal impeditiva especial establecida en el artículo 228 de la Ley 600 de 2000.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Según el artículo 228 de la Ley 600 de 2000, “ No podrá intervenir en el trámite y decisión de esta acción ningún magistrado que haya suscrito la decisión objeto de la misma ”, de manera que si los mencionados Magistrados suscribieron el fallo de segundo grado contra el cual se dirige la acción, tal circunstancia permite concluir que se encuentran dentro de la citada causal impeditiva especial y, por tanto, se impone aceptar la declaración conjunta que sobre el particular presentaron.

En procura de mantener el equilibrio en la carga laboral de los integrantes de la Corporación, se dispone que del despacho del Magistrado Luis Antonio Hernández Barbosa se remita al Magistrado Fernando Castro Caballero un expediente de similar naturaleza y complejidad. Por lo anterior, la Sala integrada por Magistrados y Conjueces de la Corte Suprema de Justicia,

RESUELVE

1. ACEPTAR los impedimentos declarados conjuntamente por los Magistrados José Luis Barceló Camacho, Fernando Alberto Castro Caballero, Eugenio Fernández Carlier, Patricia Salazar Cuellar y Luis Guillermo Salazar Otero. En consecuencia, separarlos del conocimiento de este asunto. 2. ENVIAR al despacho del Magistrado Fernando Castro Caballero un expediente de la oficina del Magistrado Luis Antonio Hernández Barbosa, en compensación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA EYDER PATIÑO CABRERA GUILLERMO ANGULO GONZÁLEZ Conjuez DIEGO CORREDOR BELTRÁN Conjuez MAURICIO PAVA LUGO Conjuez JUAN CARLOS PRÍAS BERNAL Conjuez HUGO QUINTERO BERNATE Conjuez NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 5