Justicia y Paz 49979 DIEGO LUIS GUTIÉRREZ MUÑOZ y otros LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA Magistrado Ponente AP2438-2017 Radicación No. 49979 Aprobado Acta No. 110 Bogotá, D.C., diecinueve (19) de abril de dos mil diecisiete (2017). VISTOS: Se pronuncia la Corte sobre el desistimiento del recurso de apelación presentado por la defensora del postulado DIEGO LUIS GUTIÉRREZ MUÑOZ contra el auto que negó la libertad condicionada.
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES DE LA CORTE: 1. Con apoyo en el artículo 35 de la Ley 1820 de 2016 y en el Decreto Reglamentario 277 de 2017, Diego Luis Gutiérrez Muñoz y otros postulados, desmovilizados de las FARC-EP, solicitaron la libertad condicionada, petición que fue denegada por la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá en decisión del 14 de marzo en curso. 2.
Inconforme con esa determinación, la defensa la impugnó y, por ello, el expediente se encuentra en la Corte pendiente de su resolución. Sin embargo, al encontrarse al despacho, por petición expresa de su representado, la abogada desistió del recurso. Por tal motivo, se admitirá el desistimiento al advertirse voluntario y haberse expresado antes de decidir la Sala, según lo prescribe el artículo 179 F de la Ley 906 de 2004.
En virtud de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
1º. ACEPTAR el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la defensora del postulado DIEGO LUIS GUTIÉRREZ MUÑOZ. 2º. Contra esta decisión no procede recurso alguno.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA EYDER PATIÑO CABRERA PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 3