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AP2122-2016(46922)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2016

Magistrado ponente: Patricia Salazar Cuéllar

Ley 600 de 2000

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Acción de revisión Radicación 46.922 Gabriel Maldonado Pabón CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR MAGISTRADA PONENTE AP2122-2016 Radicación No.: 46.922 Acta No. 118 Bogotá D.C., once (11) de abril de dos mil dieciséis (2016). Mediante auto del 3 de marzo del presente año, esta Corporación inadmitió la demanda de revisión presentada por el defensor del condenado GABRIEL MALDONADO PABÓN. No obstante, vista la constancia secretarial del 10 de marzo de este año y luego de la revisión de la providencia emitida se verifica que, por un lapsus calami, se hizo referencia tanto en la parte motiva, como en la resolutiva, al proceso con radicación 42.242, cuando en realidad debe ser 42.442.

En consecuencia, esta Sala procede, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley 600 de 2000[footnoteRef:1], en concordancia con lo dispuesto en el artículo 285 del Código General del Proceso[footnoteRef:2], a aclarar aquella determinación en ese sentido. [1: El funcionario judicial está en la obligación de corregir los actos irregulares, respetando siempre los derechos y garantías de los sujetos procesales.] [2: En el mismo sentido, el artículo 309 del Código de Procedimiento Civil, establece: «ARTÍCULO 309.

ACLARACION. La sentencia no es revocable ni reformable por el juez que la pronunció. Con todo, dentro del término de la ejecutoria, de oficio o a solicitud de parte, podrán aclararse en auto complementario los conceptos o frases que ofrezcan verdadero motivo de duda, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva de la sentencia o que influyan en ella.»] Contra lo aquí resuelto no procede recurso alguno. Cúmplase, GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ Presidente EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER Magistrado EYDER PATIÑO CABRERA Magistrado PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN Conjuez ABEL DARÍO GONZÁLEZ SALAZAR Conjuez RICARDO POSADA MAYA Conjuez HUGO QUINTERO BERNATE Conjuez NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 3