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AP1938-2020(53447)Corte Suprema de Justicia · Sala Penal2020

Magistrado ponente: Patricia Salazar Cuéllar

Ley 906 de 2004

Casación Nº 53.447 HÉCTOR ANDRÉS LOZADA CUBILLOS Magistrada Ponente PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR AP1938-2020 Radicación N° 53.447 (Aprobado Acta Nº 170) Bogotá D.C., diecinueve (19) de agosto de dos mil veinte (20 VISTOS La Sala decide la solicitud de desistimiento del recurso extraordinario de casación, interpuesto por el defensor de HÉCTOR ANDRÉS LOZADA CUBILLOS contra la sentencia del 1° de junio de de 2018, proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES El Juzgado 9° Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá, en sentencia el 28 de abril de 2016, declaró a HÉCTOR ANDRÉS LOZADA CUBILLOS autor responsable de violencia intrafamiliar agravada. En consecuencia, lo condenó a las penas de 84 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, negándole la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

En respuesta al recurso de apelación interpuesto por el defensor contra el fallo de primera instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá lo confirmó mediante la sentencia ya referida. Dentro del término legal, el defensor interpuso el recurso extraordinario de casación y allegó la respectiva demanda. Estando la actuación en turno para la calificación de la demanda, mediante memorial radicado vía correo electrónico en la Secretaría de la Sala de Casación Penal el 3 de agosto de 2020 el censor manifestó que desiste del recurso extraordinario por él interpuesto.

Al tenor del art. 199 de la Ley 906 de 2004, “podrá desistirse del recurso de casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida”. En consecuencia, la determinación que corresponde adoptar es la de aceptar el desistimiento del recurso extraordinario, expresado por el defensor. En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia RESUELVE ACEPTAR el desistimiento del recurso extraordinario de casación, presentado por el abogado Diego Ricardo Cubillos Poveda, en calidad de demandante y defensor de HÉCTOR ANDRÉS LOZADA CUBILLOS.

PRECISAR, en consecuencia, que la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá adquiere ejecutoria material. Contra esta decisión procede recurso de reposición. Notifíquese y devuélvase al tribunal de origen. Cúmplase. PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA GERSON CHAVERRA CASTRO EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA JAIME HUMBERTO MORENO ACERO FABIO OSPITIA GARZÓN EYDER PATIÑO CABRERA HUGO QUINTERO BERNATE NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA Secretaria 2