CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PAGE Radicación n.° 71196 GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado ponente AL929-2017 Radicación n.° 71196 Acta 04 Bogotá, D. C., ocho (8) de febrero de dos mil diecisiete (2017). ITALO MEDINA BOLAÑOS VS. SEGUROS DE VIDA COLPATRIA S.A. Y OTROS. Decide la Corte el recurso de reposición interpuesto por el apoderado de la parte recurrente SEGUROS DE VIDA COLPATRIA S.A. (Hoy AXA COLPATRIA SEGUROS DE VIDA S.A.), contra el auto proferido por esta Sala el 31 de agosto de 2016, que admitió el recurso extraordinario de casación interpuesto y le reconoció personería para actuar como apoderado dentro del proceso ordinario que adelanta ÍTALO MEDINA BOLAÑOS en contra del recurrente y de CONSTRUCCIONES LGEU.
I.
ANTECEDENTES Mediante auto del 31 de agosto de 2016, esta Sala admitió el recurso de casación, ordenó correr traslado a la parte recurrente y reconoció al doctor Germán Valdés Sánchez, como apoderado de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de Protección Social -UGPP-, providencia que quedó ejecutoriada el 7 de septiembre de 2016.
El citado profesional del derecho, oportunamente interpuso recurso reposición contra la anterior decisión, con el fin de obtener su revocatoria, y que sea corregida, en razón a que se le reconoció personería para actuar como apoderado de la UGPP; situación que no corresponde a la realidad, pues su poderdante es Seguros de Vida Colpatria S.A. (Hoy Axa Colpatria Seguros de Vida S.A.), como consta en el poder que le fue conferido por esta sociedad, allegado el 26 de agosto de 2015, y que obra a folio 4 del cuaderno de la Corte.
II. CONSIDERACIONES La inconformidad del memorialista, como ya se mencionó, radica en que se le reconoció personería para actuar como apoderado de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de Protección Social –UGPP-, cuando en realidad su poderdante es Seguros de Vida Colpatria S.A. (Hoy Axa Colpatria Seguros de Vida S.A.).
Revisada la actuación se observa, que a folio 4 del cuaderno de la Corte, obra poder conferido al doctor Germán Valdés Sánchez por la representante legal para asuntos judiciales, administrativos o policivos de Seguros de Vida Colpatria S.A. (Hoy Axa Colpatria Seguros de Vida S.A.), con amplias facultades para que presente demanda de casación en representación de esa compañía. En este orden de ideas, le asiste razón al apoderado de la parte recurrente, pues en efecto, por error involuntario se consignó en la providencia recurrida, que se le reconocía como apoderado de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de Protección Social –UGPP-, por lo tanto se repondrá parcialmente el auto del 31 de agosto pasado, en relación con el reconocimiento de personería efectuado y, en su lugar, se tendrá como apoderado de Seguros de Vida Colpatria S.A. (Hoy Axa Colpatria Seguros de Vida S.A.), en los términos y para los efectos del memorial que obra a folio 4 del cuaderno de la Corte; allí mismo se dispondrá continuar con el trámite del recurso de casación. III.
DECISIÓN Por lo expuesto, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
PRIMERO: REPONER parcialmente el auto del 31 de agosto pasado, en relación con el reconocimiento de personería efectuado; y, en su lugar, téngase al doctor Germán Valdés Sánchez, portador de la tarjeta profesional N°11.147 del CSJ, como apoderado de SEGUROS DE VIDA COLPATRIA S.A. (Hoy AXA COLPATRIA SEGUROS DE VIDA S.A.), en los términos y para los efectos del memorial que obra a folio 4 del cuaderno de la Corte.
SEGUNDO: CONTINUAR con el trámite del recurso de casación. Notifíquese y Cúmplase. GERARDO BOTERO ZULUAGA Presidente de la Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS (IMPEDIDO) JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN PAGE 5