RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Magistrado ponente AL8544-2017 Radicación 55938 Bogotá, D.C., trece (13) de diciembre de dos mil diecisiete (2017). A través de la Ley 1781 del 20 de mayo de 2016, el Congreso de la República modificó los artículos 15 y 16 de la Ley 270 de 1996 –Estatutaria de la Administración de Justicia-, mediante la cual se crearon 4 Salas de Descongestión Laboral en la Corte Suprema de Justicia. Igualmente, esta Corporación mediante Acuerdo 48 del 16 de noviembre de 2016, adoptó el reglamento de la Sala de Casación Laboral y en el título II artículo 21 y siguientes, determinó el funcionamiento de la Sala de Descongestión, para lo cual estableció en sus artículos 27 a 29 el procedimiento a efectuar respecto de la remisión de procesos, selección de expedientes y condiciones de reparto a los magistrados de descongestión. Por su parte, el Consejo Superior de la Judicatura a través de Acuerdo PCSJA17-10647 del 22 de febrero del año que avanza, ordenó la creación de dicha sala de descongestión y su estructura.
En cumplimiento de lo anterior, y bajo los precisos criterios expuestos para el efecto, el suscrito magistrado mediante auto de fecha de 30 de noviembre del 2017 seleccionó trescientos treinta (330) procesos para ser remitidos a las Salas Laborales de Descongestión de esta Corporación, de los cuales, una vez verificada el acta de diligencia de reparto de expedientes para remisión a estas salas, se estableció que: 1.
Hubo un error de digitación en el radicado interno 44310 del proceso asignado al despacho del descongestión del Magistrado Santander Rafael Brito Cuadrado, pues el que se remitió corresponde al 41310, por lo que se solicita se corrija en el acta de reparto el número de identificación del asunto. 2. Fue incluido en el auto en mención, el proceso de radicado interno 48159 que no fue seleccionado para remitir a descongestión, por lo que habrá de dejarse la constancia secretarial respectiva en el sistema de gestión y se solicita incluir el proceso identificado a continuación, que por reparto le corresponde a la doctora Dolly Amparo Caguasango Villota: Nº RADICADO CU CDS RECURRENTE OPOSITOR FECHA 1 55938 2 0 Diego Luis Sánchez Quintero Manuelita S.A. 20-09-2012 En consecuencia, se pone a disposición del Presidente de la Sala de Casación Laboral el expediente señalados a fin de que proceda a corregir el acta de reparto correspondiente, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 29 del Reglamento Interno de la Sala.
Notifíquese y cúmplase. RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Magistrado Ponente 3