SCLAJPT-05 V.00 CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Magistrada ponente AL788-2025 Radicación n.° 68001-31-05-002-2015-00244-01 Acta 5 Bogotá, D. C., diecinueve (19) de febrero de dos mil veinticinco (2025). Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías - Porvenir S.A. vs. Fabián Andrés Herrera García, Nanlly Tatiana Chimbaco Nasayo, J.J.J.J1, Mayra Alejandra Herrera Mendoza y Ana Milena Mendoza Gutiérrez.
Conforme las facultades legales y constitucionales y la autorización que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia otorgó en sesión ordinaria n.° 12 de 17 de abril de 2024, la presidenta de la misma asume la ponencia de la presente decisión. 1 De conformidad con el artículo 7.° de la Ley 1581 de 2012, se omite el nombre del niño, niña o adolescente.
Radicación n.° 68001-31-05-002-2015-00244-01 SCLAJPT-05 V.00 2 Se acepta el DESISTIMIENTO del recurso de casación que interpuso la parte recurrente, contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, en el juicio de la referencia. Se reconoce personería para actuar en el proceso de la referencia a la sociedad Godoy Córdoba Abogados S. A. S., con nit n. ° 830.515.294-0, como apoderada judicial de la recurrente, quien podrá actuar a través de sus apoderados inscritos, conforme el poder general conferido mediante escritura pública visible en el registro digital del 28 de noviembre de 2024 del portal Ecosistema Digital de Acciones Virtuales – ESAV.
De igual forma, se reconoce personería para actuar dentro del presente asunto al abogado Brandon Camilo Archila Jaimes, con tarjeta profesional n.° 361.004, como apoderado de la recurrente, en los términos y para los efectos del memorial poder obrante en el registro digital del 28 de noviembre de 2024 del portal Ecosistema Digital de Acciones Virtuales – ESAV.
Por último, se reconoce personería para actuar dentro del presente asunto al abogado Carlos Alfonso Puentes Torres, con tarjeta profesional n.° 129.342, como apoderado de la opositora Nanlly Tatiana Chimbaco Nasayo, en los términos y para los efectos del memorial poder obrante en el registro digital del 28 de enero de 2025 del portal Ecosistema Digital de Acciones Virtuales – ESAV.
Radicación n.° 68001-31-05-002-2015-00244-01 SCLAJPT-05 V.00 3 Sin costas. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese, publíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA Presidenta de la Sala LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO No firma ausencia justificada Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: 719E50F3BD02290AB975D5910E6225712DE095D68CFC44E686680EDF087B09C2 Documento generado en 2025-02-19