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AL780-2016Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2016

Magistrado ponente: Luis Gabriel Miranda Buelvas

Ley 1395 de 2010

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n° 72684 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Magistrado Ponente AL780-2016 Radicación n° 72684 Acta 05 Bogotá, D.C., diecisiete (17) de febrero de dos mil dieciséis (2016). HEUNIPSE MENDOZA ACEVEDO vs. DIEGO FERNANDO MALDONADO RINCÓN Y OTROS.

Como quiera que según el informe secretarial que antecede, el recurso de casación no fue sustentado por la parte demandante y única recurrente dentro del término legal, se declara DESIERTO. Conforme lo previsto por el artículo 93 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el 49 de la Ley 1395 de 2010, se impone al apoderado de dicha parte, Joaquín Arnoldo Acuña Castro identificado con Cédula de Ciudadanía N° 4.078.955 de Cerinza Boyacá y portador de la Tarjeta Profesional N° 126.135 del C.S. de la J, multa de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor de La Nación -Consejo Superior de la Judicatura, a quien se le remitirá copia de esta providencia, para lo de su cargo.

El profesional del derecho mencionado recibirá notificación de la presente providencia en la calle 50 # 8b-37 Oficina 305 de la ciudad de Barrancabermeja, tal como consta en el cuaderno principal (folio 532), y deberá realizar el pago de la sanción impuesta en el Banco Agrario, cuenta DTN multas y cauciones efectivas N° 3-0070-000030-4. Se reconoce personería al doctor Darío Sánchez Herrera, con tarjeta profesional No. 15.124 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de Ecopetrol S.A., en los términos y para los efectos del mandato conferido.

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS Presidente de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO PAGE 3