CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicación n.° 57074 CECILIA MARGARITA DURÁN UJUETA Magistrada ponente AL7704-2017 Radicación n.° 57074 Acta 18 Bogotá, D.C., ocho (08) de noviembre de dos mil diecisiete (2017). FABIO REYES GARANTIVA vs. BOGOTÁ D.C. Acéptese el desistimiento del recurso de casación presentado por el apoderado de FABIO REYES GARANTIVA, contra la sentencia de 29 de febrero de 2012, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el proceso que promovió en contra de BOGOTÁ D.C. Frente al memorial de desistimiento, no existió pronunciamiento alguno de la parte opositora.
El doctor MANUEL GUTIÉRREZ LEAL, quien actúa en representación del recurrente, se encuentra debidamente facultado para desistir, de conformidad con el poder que obra a folio 154 del cuaderno n.° 2. Costas en el recurso extraordinario a cargo del recurrente, toda vez que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 316 del CGP, el auto que acepte el desistimiento condenará en costas a quien desistió. Como agencias en derecho se fija la suma de un millón setecientos cincuenta mil pesos ($1’750.000), que se incluirán en la liquidación que el juez de primera instancia haga, según lo dispone el artículo 366 del Código General del Proceso.
Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese. SANTANDER RAFAEL BRITO CUADRADO CECILIA MARGARITA DURÁN UJUETA CARLOS ARTURO GUARÍN JURADO SCLAJPT-04 V.00 2 SCLAJPT-04 V.00