CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 70155 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA Magistrado ponente AL7075-2015 Radicación n.° 70155 Acta 42 Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de noviembre de dos mil quince (2015). Se pronuncia la Sala sobre el memorial obrante a folio 4 del cuaderno de la Corte, allegado por quien invoca la calidad de apoderada de la recurrente EDITH ESTHER TACHE ZAMBRANO, dentro del proceso ordinario que la antes mencionada le promovió a TRANSMETRO S.A.
ANTECEDENTES Por auto de 1 de julio de 2015, esta Sala de casación admitió el recurso extraordinario impetrado por la demandante Edith Esther Tache Zambrano y le corrió el traslado respectivo. Dentro del término otorgado y a través del memorial que se resuelve, la abogada Martha Cecilia Granados Herrera, como representante judicial de la actora en el juicio, manifestó que le ha sido imposible obtener de la demandante poder «otorgado en debida forma» para presentar oportunamente la demanda de casación conforme al recurso que interpuso el 20 de octubre de 2014, ante la Sala de Descongestión Laboral de Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, no obstante habérselo entregado para su presentación personal.
Explicó, La demandante ya no reside en la dirección aportada con el líbelo de la demanda, calle 68 No. 41-94, desde antes de la presentación del recurso citado, y no informó a la suscrita el cambio de dirección. En múltiples oportunidades la llamé a sus celulares números…., los cuales no respondió en la mayoría de las ocasiones, solo en dos oportunidades, en el mes de noviembre/14, logré conversar telefónicamente con la demandante.
En una de las veces le insistí acerca del otorgamiento del poder, el cual recogió. Como transcurrían los días sin que la demandante me diera información del poder referido, volví y la llamé a sus celulares, le dije que si no estaba interesada en presentar la demanda de casación que me lo manifestara por escrito; me respondió que había estado enferma pero que iba a hacer presentación personal del poder al día siguiente y me avisaba para hacérmelo llegar.
La conclusión es que la demandante hasta la presente no me ha otorgado el poder para presentar en sede de la sala laboral de la honorable corte la demanda de casación, cuyo término vence el próximo 5 de agosto/15. Por lo que expuso su imposibilidad de allegar la demanda en legal forma por carencia de poder. CONSIDERACIONES Revisado el expediente, se observa que a folio 221 del cuaderno principal, obra escrito en el que la mandataria judicial de la convocante sustituyó a la memorialista el poder que le fuera concedido así: y a pesar de que en audiencia de 2 de agosto de 2012, se le reconoció personería a la abogada sustituta para actuar como representante judicial de la accionante, debe entenderse que tal declaración se hizo en los precisos términos del documento en mención. Así las cosas, la togada no se encontraba legitimada para interponer el recurso extraordinario de casación, pues carecía de poder para el efecto, situación que no le es desconocida, en tanto manifiesta su imposibilidad para sustentarlo.
No obstante tal circunstancia, la Sala admitió el recurso sin que hubiera lugar a ello, por lo que se hace necesario dejar sin efecto lo actuado en esta Corte, inadmitir el recurso de casación, y disponer la devolución del expediente al Tribunal de origen. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, RESUELVE:
PRIMERO: Dejar sin efecto lo actuado en esta Sala de la Corte, a partir del auto de 1 de julio de 2015, inclusive, por las razones antes anotadas.
SEGUNDO: Inadmitir el recurso de casación interpuesto por EDITH ESTER TACHE ZAMBRANO contra la sentencia de 30 de septiembre de 2014, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en el proceso que la recurrente le promovió a Transmetro S.A.
SEGUNDO: Devolver la actuación al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Presidenta de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 1 PAGE 5