Micelio
AL656-2026Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2026

Magistrado ponente: Omar Ángel Mejía Amador

SCLAJPT-04 V.00 OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL656-2026 Radicación n.° 05001-31-05-014-2019-00362-01 Acta 4 Bogotá D. C., once (11) de febrero de dos mil veintiséis (2026) ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES) vs ALEIDA MARTÍNEZ PALACIOS Y OTROS. Se autoriza para actuar en el proceso de la referencia al abogado Jorge Ángel Cortés Cartagena, con tarjeta profesional n.°365.594, como apoderado sustituto de la parte opositora, Aleida Martínez Palacios., conforme al poder presentado y en sujeción a lo previsto en los artículos 74 y 77 del Código General del Proceso.

Se avizora que, en instancias anteriores, se autorizó para actuar a la abogada Linda Tatiana Vargas Ojeda, como apoderada judicial de la parte recurrente, Colpensiones; en consecuencia, resulta inane algún pronunciamiento sobre el Radicación n.° 05001-31-05-014-2019-00362-01 SCLAJPT-04 V.00 2 poder presentado por la recurrente. Acéptese el desistimiento del recurso de casación presentado por la parte recurrente, Colpensiones, contra la sentencia proferida por Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, Sala Laboral, en el proceso ordinario laboral promovido por Aleida Martínez Palacios, contra Seguros de Vida Sura, Medimás E. P. S. y la recurrente Sin costas por cuanto no hubo oposición. Devuélvase el expediente al tribunal de origen.

Notifíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: VÍCTOR JULIO USME PEREA Presidente de la Sala JUAN CARLOS ESPELETA SÁNCHEZ LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: C49AE524208BA8EBBB2084CD650237594A827D622447C1B8063718AEC13172EB Documento generado en 2026-02-11