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AL6462-2017Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2017

Magistrado ponente: Jorge Luis Quiroz Alemán

Radicación n.° 73018 JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Magistrado ponente AL6462-2017 Radicación n.° 73018 Acta 34 Bogotá, D. C., veinte (20) de septiembre de dos mil diecisiete (2017). Se pronuncia la Sala sobre la solicitud presentada por el apoderado de la señora, Luz Mery Suárez Acosta, con miras a que se deje sin efecto el traslado que se surtió para la sustentación de la demanda de casación, pues aduce que no tuvo « conocimiento del mismo, por causa que no me es imputable, y se sirva dar oportunidad a la parte que represento para sustentar el recurso de casación ordenando el traslado para tales efectos».

I.

ANTECEDENTES El 10 de diciembre de 2015, esta Sala admitió el recurso de casación formulado por la señora Luz Mery Suárez Acosta, y se ordenó correr traslado para su sustentación, el que corrió durante los días 12 de enero de 2016 y hasta el 8 de febrero de ese año. El 10 de marzo siguiente, la Secretaría de la Sala informó que dentro de ese término, no se recibió escrito alguno para sustentar el medio extraordinario.

En virtud de lo anterior, el 13 de abril de 2016, se declaró desierto el recurso y se impuso multa al apoderado de la recurrente. En la misma fecha, el representante judicial de la demandante en casación, presentó escrito en el que señala que no tuvo conocimiento de manera oportuna del traslado que se le corrió, hecho que «no fue por negligencia sino porque, prevalido de la certeza de la información que se registra en el sistema de Consulta de Procesos, y en razón de lo que ha sido un comportamiento uniforme y reiterado del Tribunal, realicé el seguimiento por este medio, dispuesto por la Rama Judicial con carácter obligatorio».

II. CONSIDERACIONES Revisados los argumentos expuestos por el apoderado para que se dejen sin efecto los autos del 10 de diciembre de 2015 y del 13 de abril de 2016, para que, en su lugar, se corra traslado nuevamente para la sustentación del recurso extraordinario, debe decirse que la Sala no accederá a tal pedimento, pues estos no son suficientes para justificar la inactividad del profesional de derecho.

En efecto, debe precisarse, y ya esta Sala lo ha hecho de manera reiterada, que el sistema de consulta de procesos dispuesto en la página web de la rama judicial, es un medio de información, más no de notificación, lo que significa que es obligación de las partes revisar las actuaciones que se surten al interior de cada uno de los despachos judiciales, y en cada proceso en particular.

Por manera que no puede ser de recibo el argumento del memorialista, cuando dice que se dirigió a la Secretaría del Tribunal para averiguar «porque (Sic) no se había enviado aún el expediente a la Corte a pesar de haber transcurrido varios meses desde que se concedió el recurso», pues dicho medio de impugnación fue concedido por el Tribunal el 10 de julio de 2015[footnoteRef:1], y más sin embargo indagó «varios meses» después sobre la suerte de su recurso. [1: Ver folios 521 y 522] Ahora bien, y si fuera cierto que no figuraba la información en la página web de la rama judicial, que no lo es -pues ésta se consultó y allí figura la información sobre el envío del expediente a esta Corte-, las partes del proceso fueron notificadas de las providencias que concedieron y admitieron el recurso de casación, luego, su derecho a la defensa y el debido proceso están garantizados, tal y como se observa a folios 522 del cuaderno del Tribunal, y 17 y 18 del cuaderno de la Corte.

Lo anterior puede verificarse en el siguiente cuadro del pantallazo de Gestión Siglo XXI: Datos del Proceso Información de Radicación del Proceso Despacho Ponente 000 Tribunal Superior - Laboral ELVER NARANJO Clasificación del Proceso Tipo Clase Recurso Ubicación del Expediente Declarativo Ordinario Apelación de Autos Despacho Sujetos Procesales Demandante(s) Demandado(s) - LUZ MERY DEL SOCORRO SUAREZ ACOSTA - CODESS - COMPENSAR Contenido de Radicación Contenido ORDINARIO.

APELACION AUTO. LAT. Actuaciones del Proceso Fecha de Actuación Actuación Anotación Fecha Inicia Término Fecha Finaliza Término Fecha de Registro 02 Oct 2015 ENVIO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 02 Oct 2015 24 Jun 2015 RECEPCIÓN MEMORIAL EN LA FECHA INTERPONE EL DR. JUAN GUILLERMO SANCHEZ RECURSO DE CASACION. GRN 24 Jun 2015 28 Jan 2014 DEVOLUCION ENTIDAD DE ORIGEN 28 Jan 2014 17 Jan 2014 FIJACION ESTADO ACTUACIÓN REGISTRADA EL 17/01/2014 A LAS 08:48:39. 20 Jan 2014 20 Jan 2014 17 Jan 2014 17 Jan 2014 AUTO QUE APRUEBA LIQUIDACIÓN DE COSTAS 17 Jan 2014 19 Dec 2013 TRASLADO EN TRASLADO POR TRES (3) DÍAS LA LIQUIDACIÓN DE COSTAS, A CARGO DE LA PARTE DEMANDADA, EN LA SUMA DE UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL PESOS M.L. ($1.179.000.OO). 18 Dec 2013 02 Dec 2013 FIJACION ESTADO ACTUACIÓN REGISTRADA EL 02/12/2013 A LAS 08:59:42. 03 Dec 2013 03 Dec 2013 02 Dec 2013 02 Dec 2013 AUTO QUE CONFIRMA EL AUTO RECURRIDO 26/11/2013 CONFIRMA AUTO.

CON COSTAS 02 Dec 2013 20 Nov 2013 FIJACION ESTADO ACTUACIÓN REGISTRADA EL 20/11/2013 A LAS 08:39:06. 21 Nov 2013 21 Nov 2013 20 Nov 2013 20 Nov 2013 AUTO FIJA FECHA AUDIENCIA Y/O DILIGENCIA AUDIENCIA DE DECISION NOVIEMBRE 26 DE 2013 A LAS 1:30 P.M. 20 Nov 2013 20 Sep 2013 FIJACION ESTADO ACTUACIÓN REGISTRADA EL 20/09/2013 A LAS 14:10:59. 23 Sep 2013 23 Sep 2013 20 Sep 2013 20 Sep 2013 AUTO ADMITIENDO RECURSO DE APELACION 20 Sep 2013 02 Aug 2013 REPARTO DEL PROCESO A LAS 16:30:30 REPARTIDO A:NORA EDITH MÉNDEZ ÁLVAREZ 02 Aug 2013 02 Aug 2013 02 Aug 2013 02 Aug 2013 RADICACIÓN DE PROCESO ACTUACIÓN DE RADICACIÓN DE PROCESO REALIZADA EL 02/08/2013 A LAS 16:29:47 02 Aug 2013 02 Aug 2013 02 Aug 2013 Así las cosas, la Sala no accederá a lo solicitado por el apoderado de la parte demandante.

DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,

RESUELVE

PRIMERO: RECHAZAR por improcedente la solicitud presentada por el apoderado de la recurrente, LUZ MERY SÚAREZ ACOSTA, de conformidad con lo expresado en precedencia.

SEGUNDO: En firme el presente proveído, devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. GERARDO BOTERO ZULUAGA Presidente de la Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN SCLAJPT-06 V.00 6 SCLAJPT-06 V.00