Radicación nº 74785 JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Magistrado ponente AL643-2017 Radicación 74785 Acta 07 Bogotá, D. C., primero (01) de marzo de dos mil diecisiete (2017). Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales UGPP Vs. Margarita María Uribe Arbeláez. Conforme a las solicitudes que obran a folios quinientos cuarenta y uno (541) al quinientos cuarenta y cinco (545) del cuaderno de la Corte, se solicitó no tener en cuenta el desistimiento de la acción de revisión, en razón a que para el veinticuatro (24) de enero del presente año, el apoderado no tenía la capacidad de representar a la entidad, por consiguiente se otorgó nuevo poder para representar a la misma.
La Sala advierte que en virtud del artículo 76 del Código General del Proceso el apoderado de la parte recurrente para el día veinticuatro (24) de enero de dos mil diecisiete (2017) aún se encontraba facultado para actuar, ya que para dicha fecha no habían transcurridos más de cinco (5) días de presentado el memorial de renuncia, por consiguiente: Se acepta el desistimiento del recurso extraordinario de revisión presentado por el apoderado de la parte recurrente Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales UGPP., interpuesto contra la sentencia proferida por la Sala Primera Laboral de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, con fecha dieciséis (16) de noviembre de dos mil doce (2012), mediante escrito visible a folio quinientos treinta y nueve (539) del cuaderno de la Corte.
A su vez, se reconoce personería a el doctor Rodrigo Ignacio Méndez Parodi, con tarjeta profesional No. 75 141 del C. S. de la J., como apoderado de la parte recurrente Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales UGPP, para los efectos del poder que obra a folio quinientos cuarenta y seis (546) al quinientos cincuenta y seis (556), del cuaderno de la Corte.
No hay lugar a costas por no haberse causado. Como no queda actuación pendiente, por Secretaría archívese el proceso de la referencia. Notifíquese. GERARDO BOTERO ZULUAGA Presidente de la Sala Impedido JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Impedido RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Impedido LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN 3