CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 116 117 Radicación n.° 59052 GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado ponente AL630-2017 Radicación N°. 59052 Acta 02 Bogotá, D. C., veinticinco (25) de enero del dos mil diecisiete. PEDRO AUGUSTO BARRERA HEREDIA VS. FIDUCIARIA POPULAR S.A., FIDUCIARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO S.A., FIDUAGRARIA S.A., PATRIMONIO AUTÓNOMO DE REMANENTES P.A.R. TELECOM EN LIQUIDACIÓN, LA NACIÓN- MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES En razón de que el apoderado de la parte recurrente, en el presente juicio, no presentó demanda de Casación dentro del término que le fue concedido, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral de la Corte declara DESIERTO el recurso.
Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese. GERARDO BOTERO ZULUAGA Presidente de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN