CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 72273 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL6006-2015 Radicación n.° 72273 Acta 35 Bogotá, D. C., siete (07) de octubre de dos mil quince (2015). Mercedes del Carmen Padilla Pestaña y otro Vs. Electrificadora del Caribe S.A. – Electricaribe S.A. E.S.P. y otro.
En vista de que la parte recurrente (Mercedes del Carmen Padilla Pestaña) no presentó la demanda de casación, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 65 del D. 528/1964. Con base en lo consagrado en el inc. 3, art. 49 de la L. 1395/2010, que modificó el art. 93 del C.P.T. y S.S., se fija multa en 10 S.M.L.M.V. al apoderado judicial de la parte recurrente Eduardo Cantillo Romero identificado con cédula de ciudadanía No. 73.075.336 y portador de la T.P. No. 28.365 del Consejo Superior de la Judicatura, la cual será pagada a favor de La Nación – Consejo Superior de la Judicatura- y consignados en el Banco Agrario a la cuenta DTM multas y cauciones efectivas No. 3-0070-000030-4, con dirección de notificación en la Plazoleta Telecom, edificio Lequerica, oficina 303 en la ciudad de Cartagena.
Córrase traslado como RECURRENTE a la Electrificadora del Caribe S.A. – Electricaribe S.A., por el término legal. Continúese con el trámite. Notifíquese y cúmplase. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Presidenta de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 1 PAGE 3