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AL5971-2016Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2016

Magistrado ponente: Fernando Castillo Cadena

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 69749 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL FERNANDO CASTILLO CADENA Magistrado Ponente AL5971-2016 Radicación n.°69749 Acta 30 Bogotá, D. C., diecisiete (17) de agosto de dos mil dieciséis (2016). José Alejandro Domínguez Ramírez Vs. Pedro Mora Durán y otros. En los términos del escrito que milita a folio 4 del cuaderno de la Corte, se acepta la renuncia presentada el 25 de febrero de 2015, por el doctor Nemesio Camelo Poveda, apoderado judicial del demandado y recurrente en casación José Alejandro Domínguez Ramírez, de conformidad con el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, vigente para la época.

De otra parte, en los términos del artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, actualmente artículo 68 del Código General del Proceso y de acuerdo con lo acreditado a folios 12 a 16, téngase a Clemencia Londoño Acosta, María Fernanda, Margarita María y María Alejandra Domínguez Londoño, en su condición de cónyuge e hijas, respectivamente, como sucesoras procesales del fallecido José Alejandro Domínguez Ramírez, cuyo registro de defunción se advierte a folio 12; lo anterior, sin perjuicio de que otros interesados, en su momento, hagan valer sus derechos como herederos del ya mencionado.

Ahora, como a folio 10 y 11 obra mandato conferido por Clemencia Londoño Acosta, María Fernanda, Margarita María y María Alejandra Domínguez Londoño a Julio César Carrillo Guarín, quien se identifica con cédula de ciudadanía 3.014.756 y tarjeta profesional de abogado 18.953 del Consejo Superior de la Judicatura, se le reconoce personería adjetiva.

En firme el presente proveído, se ordena continuar con el trámite del recurso. En mérito de lo expuesto la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral,

RESUELVE

PRIMERO. - ACEPTAR la renuncia del apoderado del recurrente, como se indicó en la parte motiva. SEGUNDO.- TENER a Clemencia Londoño Acosta, María Fernanda, Margarita María y María Alejandra Domínguez Londoño, en su condición de cónyuge e hijas, respectivamente, como sucesoras procesales del fallecido José Alejandro Domínguez Ramírez.

TERCERO: RECONOCER personería adjetiva a Julio César Carrillo Guarín, como apoderado judicial de Clemencia Londoño Acosta, María Fernanda, Margarita María y María Alejandra Domínguez Londoño, conforme el poder que obra a folio 10 y 11.

CUARTO: CONTINUAR con el trámite del recurso. Notifíquese y cúmplase. JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Presidente de Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS PAGE 3