Radicación nº 64212 JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Magistrado ponente Al5830-2016 Radicación n.° 64212 Acta n° 33 Bogotá, D.C., siete (07) de septiembre de dos mil dieciséis (2016). Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado S.A. E.S.P. Vs. J y E Temporales Nuevo Milenio S.A. y Otro. Por falta de sustentación se declara desierto el recurso interpuesto por Empresa Ibaguereña De Acueducto Y Alcantarillado S.A. E.S.P. Impóngase multa de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes al apoderado de la parte recurrente, doctor William Javier Rodríguez Acosta identificado con la C.C. 93 389 929 con tarjeta profesional No. 91756 del C. S. de la J., según lo establecido por el inciso 3.º artículo 49 de la Ley 1395 de 2010, a favor de la Nación – Consejo Superior de la Judicatura, Banco Agrario cuenta C S J - multas y rendimientos – CUN No. 3-0820-000640-8 – Código de convenio: 13474.
La dirección del apoderado es: carrera 3 N. º 1-04 barrio La Pola Ibagué (Tolima). Por Secretaría continúese con el trámite correspondiente. Así mismo, remítase copia de ésta decisión al Consejo Superior de la Judicatura para lo pertinente. Notifíquese. JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Presidente de Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 1