Radicación n° 86203 GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado Ponente AL579-2020 Radicación n° 86203 Acta 7 Bogotá, D.C., veintiséis (26) de febrero de dos mil veinte (2020) TEUDOLIO SIERRA CHAVERRA VS. EMPRESA COLOMBIANA DE PETROLEOS ECOPETROL S.A. En vista de que la parte recurrente presentó la demanda de casación fuera del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. FERNANDO CASTILLO CADENA Presidente de la Sala ( E ) GERARDO BOTERO ZULUAGA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN 1 2 1 GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado Ponente AL 579 - 2020 Radicación n° 86203 Acta 7 Bogotá, D.C., veintiséis ( 26 ) de febrero de dos mil veinte (2 020 ) TEUDOLIO SIERRA CHAVERRA VS. EMPRESA COLOMBIANA DE PETROLEOS ECOPETROL S.A. En vista de que la parte recurrente presentó la demanda de casación fuera del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. 1 GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado Ponente AL579-2020 Radicación n° 86203 Acta 7 Bogotá, D.C., veintiséis (26) de febrero de dos mil veinte (2020) TEUDOLIO SIERRA CHAVERRA VS. EMPRESA COLOMBIANA DE PETROLEOS ECOPETROL S.A. En vista de que la parte recurrente presentó la demanda de casación fuera del término de traslado, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964.
Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase.