Republica dc Colombia Corte Suprema de Justicia Sala de Casacibn Laboral FERNANDO CASTILLO CADENA Magistrado ponente AL5546-2022 Radicacion n.°93528 Acta 39 Santa Marta (Magdalena), dieciseis (16) de noviembre de dos mil veintidos (2022) Decide la Sala sobre la solicitud presentada el 23 de junio de 2022 por el apoderado de HECTOR HERNANDO CANTOR RODRIGUEZ, para la ampliacion de termino de sustentacion del recurso de casacibn, en el proceso ordinario laboral que promovib en contra de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES -COLPENSIONES.
I.
ANTECEDENTES Por auto de 18 de mayo de 2022, la Sala admitib el recurso extraordinario interpuesto por el demandante contra la sentencia de 13 de marzo de 2020 proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota y el traslado para sustentarlo corrib del 25 de mayo de 2022 al 23 de junio siguiente; este ultimo dia, la parte recurrente SCLA)PT-06 V.00 Radicacion n.°93528 allego memorial a traves del cual solicit© ampliacion del termino para presentar la demanda, toda vez que no pudo acceder al contenido complete del expediente digital.
A1 respecto sefialo que: El dia 26 de mayo del 2022 solicite (sic) ante la Honorable CORTE SUPREMA DE'JUSTICIA - SALA LABORAL se me enviara el expediente digital o copias de las actas y audios de las sentencias de primera y segunda instancia con el fin de poder escuchar las argumentaciones que asumieron los Magistrados en los fallos judiciales, toda vez que es necesario para sustentar y controvertir la decision a traves del RECURSO DE CASACION previamente admitido.
Con acuse de recibido. El mismo dia mediante correo electronico de in forma que en atencion a su solicitud, con el fin de que pueda acceder al proceso con radicado 93528 en el sistema "Gestor Documental- BestDoc" nos permitimos precisar el paso a paso en el pdf adjunto para la consulta y descarga de cada uno de los documentos que componen el expediente.
El dia 31 de mayo de 2022 nuevamente solicite (sic) al correo de la Honorable CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - SALA LABORAL el envio del enlace para la visualizacion o se me expidiera copia de los audios de las sentencias de primera y segunda instancia, toda vez que el proceso de la referencia esta (sic) en los terminos para presentar la DEMANDA DE CASACION (sic).
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - SALA LABORAL mediante correo emite respuesta el mismo dia 31 de mayo y nos informa que las audiencias contenidas en el expediente de la referencia se compartieron a traves del portal de grabaciones de la Rama Judicial al correo Gutierrezvguevara@gmail.com. Por favor revisar cada una de las bandejas de su correo. el Al revisar las bandejas de entrada, spam o correo no deseado no se evidencia lo mencionado anteriormente.
En vista de lo anterior la Corte Suprema de Justicia Sala Laboral a traves de correo electronico me comunica que la solicitud para visualizar las audiencias en el proceso de la referencia fue trasladada al area encargada de revision de expedientes. El dia 14 de junio del presente ano, el area encargada de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA- SALA LABORAL me envia un SCLAJPT-06 V.00 2 mailto:Gutierrezvguevara@gmail.com mailto:onsultaexpedientelaboral@cortesuprema.gov Radicacion n.°93528 enlace para la visualizacion de las audiencias no obstante cabe aclarar que por parte del suscrito no pude ingresar al enlace que referia la Corte ya que aparece ACCESO DENEGADO, no tiene los permisos.
El 16 de junio se remitio al TRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL la solicitud de la COPIA EL AUDIO DE SEGUNDA INSTANCIA, con respuesta de esta corporacion el 17 de junio y anexo correspondiente audio. No obstante, al reproducir el audio solo tiene un tiempo de 11:00 minutos, es decir no se puede escuchar completo el fallo judicial. Igualmente, el dia de ayer se recibio del correo en el que comparte los archivos de los audios y en el audio de la audiencia del Tribunal Superior Sala Laboral se evidencia la misma falencia. De acuerdo a lo mencionado, me he encontrado imposibilitado para escuchar las consideraciones expuestas por el Magistrado Ponente Dr. MILLER ESQUIVEL GAITAN del TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTA - SALA LABORAL que revoco la sentencia de primera instancia, circunstancia que es importante para sustentar en debida forma el RECURSO DE CASACION (sic) ante esta entidad judicial de cierre de la Jurisdiccion Ordinaria Laboral; como se puede evidenciar he tratado de solucionar el impase pero no ha sido posible resolver satisfactoriamente por parte de la administracion de justicia. El memorialista anexo los correos electronicos enviados a la secretaria de esta Corporacion, junto con las respectivas respuestas, en donde solicito las actas y audios de las sentencias de primera y segunda instancia, asi como el mensaje de datos enviado al tribunal para la copia de la audiencia de fallo.
Todo lo anterior se puso en conocimiento del despacho el 29 de junio de la presente anualidad con el memorial en cuestion. SCLAJPT-06 V.00 3 mailto:consultaexpedientelaboral@cortesuprema.gov.co Radicacion n.°93528 II. CONSIDERACIONES Esta Corporacion, por medio del articulo 3.° del Acuerdo 051 de 22 de mayo de 2020 dispuso que una vez las personas autorizadas presentaran solicitud de acceso al expediente digital de su interes, la Secretaria de la Sala disponia de un dia habil para tramitarla.
Ahora bien, una vez solicitados los correos a la secretaria, se evidencia que, el 26 de mayo de 2022, el demandante envio e-mail a la direccion electronica consultaexpedientelaboral@cortesuprema.gov.co para que se procediera al «envio del expediente digital o copias de las actas y audios de sentencias de primera y segundd instancia». A lo que esa dependencia, le facilito el PDF, donde se precise el paso a paso para consulta y descarga de los documentos desde el aplicativo Gestor Documental - BestDoc.
Seguidamente, al persistir las dificultades para acceder a la totalidad de las audiencias, el 31 de mayo siguiente, la parte peticiono «eZ envio del enlace para la visualizacion o copias de los audios de sentencias de primera y segunda instancia» y se le informo que las mismas se compartieron a traves del Portal de Grabaciones de la Rama Judicial al correo gutierrezyguevara@g;mail.com y, al mismo tiempo, se le comunico que su caso habia sido trasladado al area encargada de revision de expedientes.
Ese mismo dia, la secretaria solicito al despacho para que revisara el expediente en Gestor Documental, ante la SCLA1PT-06 V.00 4 mailto:onsultaexpedientelaboral@cortesuprema.gov.co Radicacion n.°93528 imposibilidad de acceso por parte del usuario. De ahi que, el 2 de junio de la presente anualidad, se requirieron las audiencias al tribunal de origen, pues los medios magneticos que se encontraban en el expediente fisico estaban en mal estado y no permitian su correcta reproduccion.
Suministradas las audiencias el dia 14 de junio, se remitieron al area encargada y se cargaron al aplicativo Gestor Documental - Best Doc y, a su vez, el 22 del mismo mes, la secretaria se las compartio al usuario en OneDrive con el fin de facilitar el acceso al contenido de las mismas. Con lo anterior, se pudo subsanar la falla que presentaba el audio de la audiencia de primera instancia; no obstante, el fallo de segunda, seguia presentando inconsistencias, pues, asi como lo aseguro el apoderado de la parte demandante, el audio unicamente reproducia hasta el minuto 11:00.
Con ocasion a la peticion incoada, el 3 de agosto del ano en curso, se requirio nuevamente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota para que remitiera la precitada diligencia, la cual fue recibida de manera escrita y cargada al aplicativo Gestor Documental - Best Doc, por parte del despacho. Con lo anterior, se advierte que el audio del fallo de segunda instancia no estaba complete en el aplicativo y que hasta el dia que se requirio nuevamente al tribunal, se remitio la sentencia escrita en su totalidad. 5SCLAJPT-06 V.00 Radicacion n.°93528 Por lo anterior, resulta procedente la solicitud del apoderado de la parte demandante sobre la ampliacion del termino para sustentar el recurso, pues como quedo senalado, el acceso a las audiencias si presento diversas fallas, lo que imposibilito que la parte cumpliera con la carga que le correspondia.
En ese orden de ideas, y en aras de satisfacer los postulados del debido proceso, se le repondra el termino desde la primera solicitud presentada, esto es, de diecinueve (19) dias para presentar la demanda de casacion, a partir de la notificacion del presente proveido. III. DECISION En merito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casacion Laboral, RESUELVE:
PRIMERO: REPONER a la parte recurrente HECTOR HERNANDO CANTOR el termino de traslado por 19 dias, para presentar la demanda de casacion, de conformidad con lo indicado en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: CONTINUAR el tramitecon correspondiente. Notifiquese y cumplase. scla:pt-06 v.oo 6 Radicacion n.°93528 IVAN MAURICIO LENIS GOMEZ Presidente de la Sala O CADENAFERNANDO OMAR ANGElAlEJIA AMADOR SCLAJPT-06 V.00 7 SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 15 de diciembre de 2022, a las 8:00 a.m se notifica por anotación en Estado n.° 186 la providencia proferida el 16 de noviembre de 2022.
SECRETARIA MARÍA LUISA GUTIÉRREZ CABARCAS P.U. 21 Secretaría Sala de Casación Laboral Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 11 de enero de 2023 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 16 de noviembre de 2023. SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia INICIO TRASLADO Desde hoy 16 de diciembre de 2022 a las 8:00 a.m. se inicia traslado por el término de 20 días al RECURRENTE: HECTOR HERNANDO CANTOR RODRIGUEZ.
SECRETARIA MARÍA LUISA GUTIÉRREZ CABARCAS P.U. 21 Secretaría Sala de Casación Laboral