CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 31 Radicación n.° 66713 República de Colombia Corte Suprema de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL GERARDO BOTERO ZULUAGA Magistrado ponente AL5475-2016 Radicación N°. 66713 Acta 28 Bogotá, D. C., tres (3) de agosto de dos mil dieciséis (2016). ALEJANDRO LLANOS PADILLA VS. INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES EN LIQUIDACIÓN HOY COLPENSIONES Por cuanto no se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto de fecha 13 de abril de 2016, no se reconoce la personería solicitada a folio 8 de este cuaderno, en virtud a que el apoderado no acreditó mediante presentación personal, su calidad de abogado, de conformidad con el artículo 22 del Decreto 196 de 1971.
Así mismo, en razón de que el abogado que presentó la demanda de Casación no le fue reconocida personería tiene la calidad de apoderado dentro del término que le fue concedido, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral de la Corte declara DESIERTO el recurso. Impóngase multa de diez salarios mínimos mensuales legales vigentes al apoderado de la parte recurrente doctor GUSTAVO ADOLFO PRADO CARDONA, identificado con cédula de ciudadanía 16.856.187, con T.P. 79038 C.S.J, con dirección de notificación Calle 25 Norte Nº 6N-42 en la ciudad de Cali (Valle del Cauca).
Esta obligación deberá ser cancelada a favor de la Nación – Consejo Superior de la Judicatura, Banco Agrario, cuenta CJS multas y rendimientos- CUN No. 3-0820-000640-8, código de convenio 13474. Lo anterior, según lo establecido por el art. 49 de la L. 1395/2010. Así mismo, remítase copia de esta decisión al Consejo Superior de la Judicatura para su respectivo cobro.
Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese. JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Presidente de Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS PAGE