SCLAJPT-10 V.00 OLGA YINETH MERCHÁN CALDERÓN Magistrada ponente AL4963-2021 Radicación n.° 79704 Bogotá, D. C., veintidós (22) de septiembre de dos mil veintiuno (2021). Decide la Sala sobre la aceptación de los impedimentos presentados por los magistrados Dolly Amparo Caguasango Villota y Martín Emilio Beltrán Quintero, según lo consignado por ellos en el documento obrante a folio 62 del cuaderno de la Corte, para conocer del trámite del recurso de casación que interpuso BEATRIZ EUGENIA HURTADO VARÓN contra GLORIA MILENA BRAND GARCÍA y LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES-.
La magistrada ponente junto con los conjueces doctores Diana Patricia Quintero Mosquera e Iván Daniel Jaramillo Jassir, al analizar la argumentación esgrimida por los funcionarios ya mencionados, establecen que la causal invocada por aquellos no está llamada a prosperar, como ninguna de las restantes previstas taxativamente por la ley Radicación n.° 79704 SCLAJPT-10 V.00 2 para sustraerse del conocimiento del presente asunto, por lo que deciden no aceptarlos.
Notifíquese. OLGA YINETH MERCHÁN CALDERÓN DIANA PATRICIA QUINTERO MOSQUERA Conjuez SCLTJPT-05 V.01 CÓDIGO ÚNICO DEL PROCESO 760013105014201400347-01 RADICADO INTERNO: 79704 RECURRENTE: BEATRIZ EUGENIA HURTADO VARON OPOSITOR: GLORIA MILENA BRAND GARCÍA, ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES MAGISTRADO PONENTE: DRA.OLGA YINETH MERCHÁN CALDERÓN Secretaría Adjunta Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 25/10/2021, se notifica por anotación en estado n.° 136 la providencia proferida el 22 de septiembre de 2021.
SECRETARIA__________________________________ Secretaría Adjunta Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 28/10/2021 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 22 de septiembre de 2021. SECRETARIA___________________________________