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AL4927-2016Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2016

Magistrado ponente: Clara Cecilia Dueñas Quevedo

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 74676 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL4927-2016 Radicación n.° 74676 Acta 28 Bogotá, D. C., tres (03) de agosto de dos mil dieciséis (2016). Sandra Irene Mora Morantes vs. Patrimonio Autónomo de Remanentes ISS en Liquidación. En vista de que la parte recurrente (Sandra Irene Mora Morantes) no presentó la demanda de casación, según el anterior informe de Secretaría, la Sala de Casación Laboral declara DESIERTO el recurso, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 65 del D. 528/1964.

Con base en lo consagrado en el inc. 3, art. 49 de la L. 1395/2010, que modificó el art. 93 del C.P.T. y S.S., se fija multa en 10 S.M.L.M.V. al apoderado judicial de la parte recurrente Andrés Mauricio Castillo Lozano, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.781.386 y portador de la T.P. No. 121.825, la cual será pagada a favor del Consejo Superior de la Judicatura - Multas y Rendimientos - Cuenta Única Nacional y consignados en el Banco Agrario a la cuenta No. 3-0820-000640-8 y código de convenio 13474, con dirección de notificación en la Calle 98 # 22 – 64, oficina 306 de la ciudad de Bogotá. De otra parte, se acepta la renuncia al poder presentada por la apoderada de la parte OPOSITORA, al mandato que le fuera conferido por esta, conforme al memorial que obra a folio 31 del cuaderno de la Corte.

Lo anterior, en tanto se dio cumplimiento a la exigencia prevista en el inc. 4 del art. 76 del C.G.P., en el sentido de aportar «copia de la comunicación enviada a su poderdante (…)». Así mismo, se reconoce personería para actuar dentro del proceso de la referencia al doctor Orlando Becerra Gutiérrez como apoderado de la parte OPOSITORA (Patrimonio Autónomo de Remanentes ISS en Liquidación), en los términos y para los efectos del memorial que obra a folio 4 del cuaderno de la Corte.

Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN Presidente de Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ FERNANDO CASTILLO CADENA CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 1 PAGE 2