SCLAJPT-04 V.00 LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ Magistrado ponente AL4864-2022 Radicación n.°94907 Acta 36 Bogotá, D. C., veintiséis (26) de octubre de dos mil veintidós (2022). FABIO LEÓN RUIZ HENAO vs. ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES) y OTRO. Sería del caso pronunciarse sobre la admisión de la demanda de casación en el recurso extraordinario, interpuesto por el apoderado de la parte demandante, contra la sentencia de segunda instancia proferida en el proceso de la referencia, de no ser porque su presentación se produjo por fuera del término concedido para tales efectos.
Mediante proveído del 31 de agosto de 2022, se admitió el recurso de casación interpuesto por la demandante, y se corrió traslado por el término de ley. Esta providencia fue notificada mediante estado del 01 de septiembre de 2022. Radicación n.° 94907 SCLAJPT-04 V.00 2 En materia de traslados, desde la emisión del Acuerdo 051 de 2020 por parte de la Sala Plena de la Corporación, se determinó que, «El traslado a las partes se comunicará a través del Sistema de Gestión Judicial siglo XXI y se cumplirá en los términos legales, dejándose constancia en el documento electrónico respectivo».
Visto el citado sistema, el traslado al recurrente inició el día 07 de septiembre y venció el día 04 de octubre de 2022. De acuerdo al informe secretarial, se manifestó: Al despacho del Magistrado Dr. Luis Benedicto Herrera Díaz, expediente contentivo le informo que el traslado a la parte Fabio León Ruíz Henao inició el 7 de septiembre de 2022 y venció el 4 de octubre de la misma anualidad. «No fue recibida sustentación al recurso.».
Fueron inhábiles desde la iniciación del traslado hasta su vencimiento los días: 10, 11, 17,18, 24 y 25 de septiembre de 2022; 1 y 2 de octubre de 2022. Posteriormente, el día 07 de octubre de 2022 ingreso al despacho memorial que de acuerdo a informe secretarial «Al despacho del Magistrado Dr. Luis Benedicto Herrera Díaz, memorial suscrito por el Dr. Carlos Alberto Vargas Flórez, apoderado del señor Fabio León Ruíz Henao, mediante el cual formula demanda de casación. Recibido en el correo electrónico de la Secretaría de la Sala el 7 de octubre de 2022 a las 2:45 a.m.», luego el recurso de casación fue sustentando de manera extemporánea y en consecuencia, se declara DESIERTO.
Radicación n.° 94907 SCLAJPT-04 V.00 3 En firme la presente providencia devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese y cúmplase. Radicación n.° 94907 SCLAJPT-04 V.00 4 SCLTJPT-05 V.01 Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN En la fecha 27 DE OCTUBRE DE 2022, Se notifica por anotación en estado n.° 155 la providencia proferida el 26 DE OCTUBRE DE 2022.
SECRETARIA__________________________________ Secretaría Sala de Casación Laboral Corte Suprema de Justicia CONSTANCIA DE EJECUTORIA En la fecha 1º DE NOVIEMBRE DE 2022 y hora 5:00 p.m., queda ejecutoriada la providencia proferida el 26 DE OCTUBRE DE 2022. SECRETARIA___________________________________