CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 69820 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Magistrado ponente AL4673 - 2015 Radicación n.° 69820 Acta 28 Bogotá, D. C., diecinueve (19) de agosto de dos mil quince (2015). Dalmiro Rafael Pacheco Salas vs. Electrificadora del Caribe S.A. Electricaribe S.A. E.S.P La Sala observa que el desistimiento de la demanda formulada por el demandante opositor, por cuanto versa sobre reajuste pensional, cumple con los presupuestos establecidos por la Sala en auto de 4 de julio de 2012, rad. 38209 y reiterado en auto de 31 de julio de 2013, rad. 59741, en el sentido de que la Corte encuentra viable “ someter a su estudio las peticiones de las partes tendientes a la terminación del proceso, ya sea por acto unilateral del demandante, o en virtud de acuerdos, convenios o transacciones a que éstas hubieren llegado en el trámite del recurso extraordinario de casación, siempre y cuando dichos actos y pactos se acomoden a las previsiones legales de orden sustancial, se respete el debido proceso y no se violen derechos ciertos e irrenunciables del trabajador.” Por lo anterior, acéptase el desistimiento del proceso ordinario laboral, presentado por DALMIRO RAFAEL PACHECO SALAS, en el proceso promovido contra la ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. ELECTRICARIBE S.A. E.S.P, dado que no se vulneran derechos ciertos e indiscutibles del demandante.
La demanda de casación presentada en este asunto, satisface las exigencias formales externas de ley. Córrase traslado a la parte opositora por el término legal. Continúe el trámite. Notifíquese y cúmplase. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Presidenta de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 1 PAGE 3