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AL4505-2018Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2018

Magistrado ponente: Dolly Amparo Caguasango Villota

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Radicación n.° 54732 DOLLY AMPARO CAGUASANGO VILLOTA Magistrada ponente AL4505-2018 Radicación n.°54732 Acta 35 Bogotá, D. C., diez (10) de octubre de dos mil dieciocho (2018). AMELIA MARÍA FIGUEROA HERNÁNDEZ vs. INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES hoy COLPENSIONES El 20 de septiembre de 2018, fue recibido por la Secretaría de la Sala de esta Corporación y proveniente del despacho del doctor Rigoberto Echeverri Bueno, el oficio n° 54732, a través del cual se respondió la solicitud de ésta Sala, sobre la existencia en esa dependencia de una actuación judicial seguida por las mismas partes.

Información que se requirió para proceder con la acumulación de los procesos respectivos. Atendiendo lo anterior y de acuerdo con lo indicado en el Auto AL1964-2018 de este Despacho, observa la Sala que en el proceso con radicado 54732, cuya demandante es la señora AMELIA MARÍA FIGUEROA HERNANDEZ, fue notificado el auto admisorio de la demanda, el día 24 de abril de 2008, esto es, antes de la demanda impetrada por la señora Juana de Cruz Guardo, la cual, fue presentada el 15 de febrero de 2012, y cuyo proceso se encuentra en trámite para resolver el recurso extraordinario de casación en el despacho del Magistrado doctor Rigoberto Echeverri Bueno, con número de radicación interna 72632.

Por lo antes señalado, la Sala encuentra reunidos los requisitos para disponer la acumulación de los procesos en los términos del artículo 148 del CGP. En consecuencia, se oficiará al Despacho del Magistrado Doctor Rigoberto Echeverri Bueno de la Sala Laboral de esta Corporación a fin de que ordene la remisión del expediente con radicado n.° 72632 a ésta Sala de Descongestión Laboral, para efecto de adoptar una sola decisión que en derecho corresponda, conforme a lo establecido en el artículo 149 del CGP, al cual, nos remitimos por expresa disposición del artículo 145 del CPTSS.

Lo anterior, con el fin de evitar la configuración de eventuales nulidades o irregularidades, que impedida resolver los recursos extraordinarios de casación. En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Descongestión Laboral,

RESUELVE

PRIMERO: Acumular el proceso n.° 72632, cuyo reparto correspondió al Magistrado doctor Rigoberto Echeverri Bueno, al presente proceso por encontrarse reunidos los requisitos contemplados en los artículos 148 y 149 del CGP.

SEGUNDO: Solicitar al Despacho del referido Magistrado, la remisión del expediente radicado bajo el número 72632 a esta Sala de Descongestión Laboral para efecto de adoptar una sola decisión que en derecho corresponda.

TERCERO: Ordenar que por Secretaría se notifique a las partes sobre la acumulación de los procesos.

CUARTO: Oficiar a la Oficina de Reparto a fin de que efectué la compensación a que hubiere lugar. Cumplido lo anterior, vuelva el expediente al Despacho para continuar con el trámite de los recursos extraordinarios de casación. Notifíquese y Cúmplase, MARTÍN EMILIO BELTRÁN QUINTERO DOLLY AMPARO CAGUASANGO VILLOTA ERNESTO FORERO VARGAS 3