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AL4390-2018Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2018

Magistrado ponente: Jorge Mauricio Burgos Ruiz

PAGE Radicación n.° 79908 JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ Magistrado ponente AL4390-2018 Radicación n.° 79908 Acta 37 Bogotá, D.C., tres (03) de octubre de dos mil dieciocho (2018). Procede la Corte a pronunciarse respecto del oficio allegado por el Juzgado Treinta y Uno Laboral del Circuito de Bogotá D.C., recibido en Secretaría el 24 de julio de la 2018, y relacionado con el trámite de recurso de casación adelantado por HÉCTOR LIBARDO DEVIA HUERFIA contra la CORPORACIÓN CLUB EL NOGAL.

I.

ANTECEDENTES Por auto de 14 de marzo del presente año, esta Sala admitió el recurso de casación que interpuso el apoderado del demandante, Héctor Libardo Devia Huerfia, contra la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Asimismo, se ordenó correr traslado al recurrente por el término legal.

Dentro de dicho lapso, el mandatario de la parte recurrente, junto al escrito de sustentación del recurso, solicitó la «(…) reconstrucción parcial de la audiencia, en cuanto a la recepción del interrogatorio de parte del Representante Legal de la parte demandada, Sr. Henry Fernando Segura Murillo, y los testigos de la parte demandada, señores Diana Carolina Beltrán, José Antonio Hoyos Dávila y Nidia Segura de Sierra».

Por lo anterior, mediante auto de 28 de mayo de 2018, se ordenó que: […] por secretaria ofíciese al Juzgado 31 Laboral del Circuito de Bogotá D.C., para que remita a esta Corporación soporte alguno, ya sea un medio magnético o documental, en el que se puede constatar, de manera completa, la audiencia celebrada el 19 de abril de 2017, toda vez que el audio incorporado en el expediente no evidencia la recepción de los interrogatorios practicados.

El 27 de junio de la presente anualidad, la Secretaría de dicho juzgado, informó que «(…)no fue posible acceder al archivo que posiblemente tiene la información solicitada, pues al momento de abrir dicho audio el sistema CISERO indica “No disponible”». Por lo que solicitó el respectivo servicio técnico; motivo por el cual, pidió conceder un término adicional.

Una vez recibida la ayuda del ingeniero, el secretario del juzgado de primera instancia comunicó que «(…) no fue posible obtener copia de la audiencia celebrada el 19 de abril de 2017 a las 10:00 a.m., pues sistema (sic) únicamente reporta una grabación de 00:07 segundos que no corresponde con lo solicitado por su H. Despacho». II. CONSIDERACIONES Conforme lo manifestado por el secretario del Juzgado Treinta y Uno Laboral del Circuito de Bogotá D.C., no es posible efectuar la reproducción del CD que contiene la audiencia de trámite y juzgamiento en primera instancia, celebrada el 19 de abril de 2017, toda vez que el mismo solo reporta una grabación de 00:07 segundos, lo que pudo ser a causa de los múltiples inconvenientes que se presentan con el sistema de grabación, según informa el funcionario.

Por lo tanto, el registro incompleto de dicha diligencia es una irregularidad que no le corresponde subsanar a esta Sala, ya que tuvo ocurrencia durante el trámite de la primera instancia. Luego, será dicha autoridad judicial quien deba proceder a adelantar los correctivos oportunos, a fin de reconstruir el expediente. En consecuencia, habrá de ordenarse la devolución del expediente al juzgado de origen para lo pertinente; una vez se efectúe el reintegro del mismo, se continuará con el trámite del presente recurso.

III. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral,

RESUELVE

ORDENA R que, por Secretaría, se devuelva el expediente al juzgado de origen para lo de su competencia, conforme a la parte motiva de esta providencia. Una vez se efectúe el reintegro del mismo, se continuará con el trámite del presente recurso. Notifíquese y cúmplase. FERNANDO CASTILLO CADENA Presidente de la Sala GERARDO BOTERO ZULUAGA JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN PAGE 5