CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia Corte Suprema de Justicia Radicación n.° 57156 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Magistrada ponente AL4241-2015 Radicación n.° 57156 Acta 25 Bogotá, D. C., veintinueve (29) de julio de dos mil quince (2015). Procede la Sala a resolver la solicitud de aclaración de la sentencia de fecha 28 de mayo de 2015, presentada por el apoderado de la demandada, dentro del proceso ordinario laboral que EDUARDO ALBERTO GIRALDO VELASCO, le sigue al BANCO POPULAR S.A.
ANTECEDENTES Persigue el memorialista, que se aclare la sentencia enunciada en precedencia, toda vez que el nombre consignado en la parte resolutiva, no corresponde al del demandante. CONSIDERACIONES La Sala advierte que no es procedente la aclaración de la sentencia, pues no se evidencia que exista alguna frase o palabra que ofrezca verdadero motivo de duda, que es el supuesto que consagra el art. 309 del C.P.C., aplicable al proceso laboral en virtud del art. 145 del C.P.L. y S.S, para tales efectos.
Empero, se observa que el error se trató de un lapsus escribae pues se incluyó en el resuelve como demandante a Facundo Moreno Sandoval, cuando, quien funge como actor dentro de este asunto es Eduardo Alberto Giraldo Velasco, lo cual da lugar a la corrección de la providencia por error aritmético conforme lo prevé el art. 310 del C.P.C. DECISIÓN Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral.
RESUELVE
PRIMERO: NEGAR la solicitud de aclaración de sentencia elevada por el apoderado de la parte demandada.
SEGUNDO: CORREGIR por error aritmético la sentencia de casación de fecha 28 de mayo de 2015, en el sentido de indicar que para todos los efectos, el nombre del demandante es EDUARDO ALBERTO GIRALDO VELASCO. Notifíquese y cúmplase. CLARA CECILIA DUEÑAS QUEVEDO Presidenta de Sala JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS 1 PAGE 3