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AL4222-2024Corte Suprema de Justicia · Sala Laboral2024

Magistrado ponente: Omar Ángel Mejía Amador

Ley 527 de 1999

SCLAJPT-10 V.00 OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Magistrado ponente AL4222-2024 Radicación n.°101756 Acta 27 Bogotá, D. C., treinta y uno (31) de julio de dos mil veinticuatro (2024). FABIOLA MARÍA GÓMEZ FRANCO vs. ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN S.A. Y OTRO. Se autoriza para actuar en el proceso de la referencia la abogada Francisco José Cortés Mateus, con Tarjeta Profesional n.°91.276, como apoderado sustituto de la parte opositora, la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A., conforme al poder que precede y en sujeción a lo previsto en los artículos 74 y 77 del Código General del Proceso.

Acéptese el desistimiento del recurso de casación presentado por la parte recurrente, Fabiola María Gómez Franco, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, Sala Segunda de Radicación n.° 101756 SCLAJPT-10 V.00 2 Decisión Laboral, en el proceso ordinario laboral promovido por Fabiola María Gómez Franco contra la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A., y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público Sin costas por cuanto no hubo oposición. Devuélvase el expediente al tribunal de origen.

Notifíquese y cúmplase. Firmado electrónicamente por: MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO Presidenta de la Sala LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ CLARA INÉS LÓPEZ DÁVILA OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999 Código de verificación: C57CF9205784B6A4ED59D67BCF0B902342D8BD3AFEE07826F50FF6E41EB9E4EA Documento generado en 2024-07-31