ti.9-,fri/74:7 dr- (.74Z,42:7 C••;T:, -9,-"A>,,,„ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN LABORAL ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN Magistrada Ponente AL4188-2014 Radicación n° 62681 Acta 25 Bogotá, D.C., dieciséis (16) de julio de dos mil catorce (2014) Regresan las diligencias al Despacho, en consideración a la solicitud de «declaratoria de ilegalidad» del proveído de 5 de febrero de 2014, mediante el cual esta Sala de la Corte declaró desierto el recurso de casación e impuso multa al profesional del derecho recurrente.
Radicación n° 62681 Argumentó el memorialista que solicitó una prórroga en tiempo para presentar la demanda de casación y «no solo desconocen esta petición, sino que declaran desierto el recurso y me sanciona pecuniariamente»; consideró vulnerado su derecho a la igualdad y al debido proceso pues «mientras sus justificaciones son tomada como válidas, en las demoras pronunciase o fallos (sic), nuestras solicitudes son desconocidas y castigadas ilegalmente»; por lo anterior, pidió revocar la providencia y aceptar la prórroga para la presentación de la demanda.
Como quiera que el recurrente alega la «ilegalidad» de la decisión de 5 de febrero, con fundamento en el escrito visible a folio 4, en el que solicitó «prórroga del término para presentar demanda», ha de recordarse que el término de traslado para presentar la demanda empezó a correr desde el 30 de octubre y venció el 28 de noviembre de 2013, sin que se presentara la sustentación del recurso, advirtiéndose que la referida solicitud se presentó el 2 de diciembre siguiente, en la que si bien indicó «estuve físicamente imposibilitado debido a una virosis que sufrí por más de mes y medio desde octubre 30 de 2013, lo que me generó estar en reposo fisico y mental», no acreditó esa circunstancia, y aun cuando adujo que anexaría «próximamente el certificado médico de rigor», ello tampoco ocurrió. 2 Radicación n° 62681 En ese orden, la Sala no accederá a la solicitud elevada por el apoderado recurrente, por lo que deberá estarse a lo dispuesto en el auto atacado.
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral
RESUELVE
PRIMERO: NEGAR la solicitud de «declaratoria de ilegalidad», de conformidad a las motivaciones que anteceden.
SEGUNDO: DAR cumplimiento a lo dispuesto en la providencia de 5 de febrero de 2014. Notifíquese y cúmplase, adicación n° 62681 SY DEL PIL LLO CALDERÓN /41 eta\.~UENAS QUEVEDO CLARA LU RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO Presidente de Sala ot Notificó el auto anterior por anotación en estado N' /60 Hoy. 18 SET. 2014 El secretario: SECRETARIA SALA DE CASACION LABORAL Se deja constancia que en la fecha y hora señaladas, uedo rcutonada la presente N ovidencia. 3 s p 201 500rif 0 Bogotá, D. im.
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